Hola.
En la Disposición transitoria segunda de la Ley de firma electrónica dice "...comunicar al Ministerio de Ciencia y Tecnología..." ¿Alguien sabe qué ministerio u organismo suple esa redacción ahora? Quiero decir, Educación, Cultura y Deporte no parece. ¿Industria? Y, en todo caso, ¿dónde está la base legal para dicha transferencia explícita de competencias?
Muchas gracias.
Ley de firma electrónica - Disposición transitoria segunda
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Re: Ley de firma electrónica - Disposición transitoria segun
de todas formas tenían que comunicarlo en el plazo de un mes desde que entró en vigor la ley, por eso no han modificado ese artículo, porque en ese momento era el Ministerio de Ciencia y Tecnología
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Re: Ley de firma electrónica - Disposición transitoria segun
Te envío el enlace por si quieres echarle un vistazo
https://sedeaplicaciones2.minetur.gob.es/prestadores/
Espero que te sirva!
https://sedeaplicaciones2.minetur.gob.es/prestadores/
Espero que te sirva!
- vfrades
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Re: Ley de firma electrónica - Disposición transitoria segun
De todas formas, Asesor, si tienes curiosidad por saber en qué norma concreta se transfieren las competencias al suprimir un ministerio, debes buscar los reales decretos de reorganización de departamentos ministeriales que se publican cada vez que hay un cambio de ministerios.
Por ejemplo en la última reorganización ministerial (RD 1823/2011, publicado en el BOE del 22/12/2011) ponían esta disposición adicional:
Por ejemplo en la última reorganización ministerial (RD 1823/2011, publicado en el BOE del 22/12/2011) ponían esta disposición adicional:
Y las compentencias en "Telecomunicaciones y Sociedad de la Información" se asignan al Ministerio de Industria, Energía y Turismo.Disposición final segunda. Referencias a los órganos suprimidos.
Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos que, por este Real Decreto, se suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los sustituyen o asumen sus competencias.