Dudas sobre contratación.

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Achilipu
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Dudas sobre contratación.

Mensaje por Achilipu »

Hola a todos,

Abrimos este hilo para recoger cualquier duda relativa a contratación que os haya surgido durante la charla de esta mañana o que os pueda surgir cuando os estudiéis la ley. Colgaremos el material lo antes posible.

Muchas gracias a todos los que habéis asistido hoy y ánimo con el estudio.

cantimploro
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por cantimploro »

Hola!

Las recomendaciones y esquemas para estudiar la ley de contratos ya están disponibles en la página de material, a falta de la presentación de Eugenio Cañizares sobre contratación centralizada, que subiremos tan pronto podamos.

En todos los documentos sobre contratos que veáis, tened en cuenta que como todas las leyes esta cambia, y tenéis que usar siempre la versión más reciente. Usad sitios donde venga la versión consolidada: el BOE, en el apartado de legislación consolidada, o esta web: http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -2011.html

En este caso, el último cambio ha sido bastante reciente, con la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores. En nuestro material hemos reflejado estos cambios, pero hay documentos de terceros que no podemos modificar y que nos siguen pareciendo útiles a pesar de incluir cifras desfasadas. Simplemente recordadlo cuando estudiéis. Lo primero de todo cuando descarguéis cualquier documento de ayuda es verificar hasta qué punto está actualizado, y marcar vosotros mismos los datos modificados, para evitar confusiones.

Animo! :)

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secanella
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por secanella »

Buenos días,

He estado repasando la información que nos distéis el sábado y tengo bastante lío con el tema de la publicidad. Tal y como lo entiendo yo:

Las licitaciones se publican siempre si la adjudicación es por procedimiento abierto, restringido y diálogo competitivo. Se publican en el Perfil del contratante, anuncio en el BOE y además si son SARA en el DOUE. ¿esto es correcto?

Si se trata de procedimiento negociado las licitaciones se publican en el BOE si se trata de contratos SARA o si son contratos que superan los 60k euros (es decir, con publicidad). Mi duda aquí es, también se publica en el DOUE?? A partir de qué importe?

Respecto a la publicación de la adjudicación se publica en el perfil del contratante si son >18k (50k € para obras).
Si superan los 100k € también se publican en el BOE (dentro de las próximas 48 horas desde adjudicación) y si son SARA también en el DUOE (dentro de las próximas 48 horas desde adjudicación)

No sé si todo esto es correcto, os agradecería si me lo podéis confirmar.

Un saludo.

Achilipu
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por Achilipu »

Hola Secanella,

Te hago un resumen de la publicidad y luego aterrizo en tu pregunta. Por favor, a mis compañeros, corregidme si me equivoco en algo.

Publicidad de las licitaciones.

Para contratos que son SARA, hay que publicar en Perfil, BOE y DOUE.

Para contratos que no son SARA, hay que publicar en Perfil y BOE (DOUE opcional).

Ahora bien, con respecto al procedimiento negociado, hay dos casos especiales.

Caso 1.- En los procedimientos negociados que se hayan debido a ofertas inaceptables y en los que se haya invitado a todas las empresas que formaron parte en el procedimiento abierto, restringido o diálogo competitivo inicial, se puede prescindir del anuncio directamente.

Caso 2.- Los negociados NO SARA de obras menores de 1.000.000 euros, de gestión de servicios menores de 500.000 y de duración inferior a 5 años, y el resto de negociados menores de 100.000 euros, siempre que su cuantía sea mayor o igual que 200.000 en obras o 60.000 en el resto de los casos, puedes publicarlos o sólo en el Perfil del Contratante, o si lo prefieres en el BOE (o Boletines Autonómicos o Provinciales, según corresponda).

Entonces contestando a tu pregunta, plantéatelo de forma más sencilla, dado un contrato, la primera comprobación a hacer es si es SARA o no. Si es SARA no hay más que hablar, aplicas esa regla contenida en el artículo 142 (Perfil, BOE y DOUE) o, como mucho, te libras del anuncio si se cumple el Caso 1. Si no es SARA, comprueba si se trata del caso 2, en cuyo caso la particularidad es que puedes optar por sólo publicar en el Perfil del Contratante.

En el caso de la publicidad de la adjudicación es justo como comentas tú.

Échale un ojo, en este documento http://www.preparatic.org/material/2013 ... quemas.pdf

a las páginas 23 (que hablan de la publicidad en el negociado), 27 (esquema general de la publicidad de licitaciones) y 43 (publicidad de la formalización).

Espero haberte ayudado, el tema de la publicidad es uno de los más complicados de la ley de contratos. Creo que he perdido años de vida descifrando esos artículos ;)

Ánimo con el estudio.

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vfrades
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por vfrades »

En la práctica, y que me corrijan los expertos si me equivoco, el tipo de procedimiento adjudicador suele depender únicamente de la cuantía del valor estimado del contrato. Para contratos de servicios y suministros (los habituales en TIC) las cantidades son:

-- Contrato menor: hasta 18.000 euros (siempre sin IVA). No requiere publicidad alguna.
-- Negociado sin publicidad: hasta 60.000 euros. No requiere publicidad.
-- Negociado con publicidad: hasta 100.000 euros. Basta con publicar en el perfil del licitador
-- Abierto o restringido: hasta 200.000 euros. Publicidad en BOE (o boletín autonómico equivalente para administraciones que no sean la AGE) y en el perfil del licitador.
-- SARA: más de 200.000 euros. Publicidad en el DOUE, en el BOE y en el perfil del licitador.

En teoría el procedimiento negociado es extraordinario, pero las estadísticas dicen que la mayor parte de los contratos se adjudican por un negociado sin publicidad. Moraleja: si el valor estimado es menor de 100.000 euros, ya se "apañan" los otros condicionantes para que el contrato pase como un negociado.

No hay que olvidarse de la contratación centralizada que también es importante en TIC.

rapter
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por rapter »

Comento algunas cosas que pueden dar lugar a confusión:

Los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA) en el sector público estatal son los que tienen un valor estimado >130.000€

Los abiertos/restringidos no tienen ningún límite económico, pudiendo ser SARA o no según la cuantía (casi siempre lo son). Si es SARA, sería DOUE+BOE+perfil, si no únicamente BOE+perfil.

Aunque la cuantía pueda motivar el uso de un procedimiento, existen otros casos, como por ejemplo aquellos que sólo se pueden encomendar a un empresario y se permite el procedimiento negociado independientemente de la cuantía. Art. 170.d RDL 3/2011 (Caso típico de Oracle)

De cara al cuarto examen es importante saber los plazos mínimos de cada procedimiento, ya que suele ser otra de las razones para decantarse por uno u otro.

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secanella
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por secanella »

Genial.

Me habéis aclarado bastante este tema.

En resumen, y para verlo de forma fácil, las licitaciones en los negociados con publlicidad, sólo requieren de publicidad en el perfil del contratante (o en el BOE si se prefiere)

Muchas graicas!

jdiazgh
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por jdiazgh »

Hola Secanella,

la publicación de la formalización del contrato se debe hacer en un plazo no superior a 48 días de la misma, no a las 48 horas (art.154 RDL 3/2011).

Creo que hay que distinguir la ADJUDICACIÓN del contrato, que es la resolución que hace el organo de contratación, de la FORMALIZACION del contrato, que es el acto en que se firma propiamente el mismo entre la entidad que contrata y el contratista.

Los plazos para la publicación cuentan a partir de esta formalización.

Saludos,

jdiazgh
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por jdiazgh »

Hola de nuevo,

creo que hay un error en lo que dice vfrades. En los negociados que van de 60.000 a 100.000 € los anuncios de licitación también hay que publicarlos en el BOE, además de en el perfil del contratante (art. 177.2 RDL 3/2011).

Lo que te libras de publicar hasta los 100.000 € es la formalización del contrato.

O así, al menos, es como lo he entendido yo.

rapter
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por rapter »

Hola Jdiazgh,

Lo que ha puesto vfrades sería correcto según el art 142.4 RDL 3/2011:
Los anuncios de licitación se publicarán, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación. En los procedimientos negociados seguidos en los casos previstos en el artículo 177.2, esta publicidad podrá sustituir a la que debe efectuarse en el «Boletín Oficial del Estado» o en los diarios oficiales autonómicos o provinciales.

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vfrades
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por vfrades »

Yo hablaba en todo momento de la publicidad de la LICITACIÓN, no de la ADJUDICACIÓN. Por coherencia imagino que la adjudicación debe publicarse a través de los mismos medios que la licitación, pero no siempre las leyes son coherentes.

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secanella
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por secanella »

Sí, perdón me confundí al escribir lo de 48 horas, son 48 días!!!!!

Que follón de números y este tema es sólo uno de mis problemas, tengo 119 más....;)

jdiazgh
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por jdiazgh »

Tienes razón, rapter, la ley remite los artículos a uno y otro lado y me había liado.

Muchas gracias por la aclaración, yo estaba equivocado. Efectivamente, entonces hasta 100.000 € no es necesario publicar la licitación en Diario Oficial.

Un saludo,

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anai
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por anai »

Buenas noches:

al hilo de los temas de contratación una de mis grandes lagunas es la del órgano de contratación, que ya salió el tema en la presentación, en el cual se decía que desde septiembre la contratación centralizada ya no la llevaría Patrimonio

Ahora bien, he estado revisando el tema del ASTIC y los pliegos, y ahí se habla de un real decreto de mayo del 2005 en el que se decía que los contratos de suministros mayores de 1.000.000 (con IVA!), el órgano contratante es el Director del Patrimonio (entiendo que ya no aplica) y se informará a la Comisión Permanente, mientras que si es menor el órgano es el ministro y se informará a la CMAE, me gustaría saber si estas cantidades y la forma de informar seguirían aplicando, aunque ya no sería el Director de Patrimonio, entiendo que en todo caso el órgano contratante podría seria la junta nombrada por racionalización de la centralización de la contratación. Agradecería que me pudierais echar una mano con este asunto.

Muchas gracias.

rapter
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por rapter »

Para los contratos de suministros de más de 1.000.000€ (IVA Excluido, ojo que esto ha cambiado!) Art. 14 RD 589/2005
- La comisión permanente de la CSAE informa PPT y memoria. Art. 10.1 RD 589/2005
- El órgano de contratación es la Junta de Contratación Centralizada, adscrita a la DG de Racionalización y Centralización de la Contratación. Art. 22.3 RD 256/2012
(excepto en el ministerio de defensa, y en las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social) Disposición adicional tercera RDL 3/2011

Como siempre, los artículos hacen referencia al último texto consolidado.

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