Dudas sobre contratación.

Temas relacionados con el examen de test
jdiazgh
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por jdiazgh »

Menudo lío...

Para la contratación centralizada, es como dice rapter.

Pero para la contratación no centralizada, según RDL 3/2011 (actualizado):
Artículo 207 Adquisición centralizada de equipos y sistemas para el tratamiento de la información

1. La competencia para adquirir equipos y sistemas para el tratamiento de la información y sus elementos complementarios o auxiliares en el ámbito definido en el apartado 1 del artículo anterior que no hayan sido declarados de adquisición centralizada conforme a lo señalado en el mismo corresponderá, en todo caso, al Director General del Patrimonio del Estado, oídos los Departamentos ministeriales u organismos interesados en la compra en cuanto sus necesidades.
Teniendo en cuenta el artículo 14 de RD 589/2005, como dice rapter:
Artículo 14. Desconcentración de competencias en los contratos de suministros.
Sin perjuicio de las competencias que pudieran tener atribuidas en virtud de la
disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se desconcentran en los
órganos de contratación de los departamentos ministeriales y de los organismos autónomos
las competencias definidas en el artículo 207 del citado texto refundido, para la adquisición y
el arrendamiento de equipos y sistemas para el tratamiento de información, sus dispositivos
y programas y la cesión del derecho de uso a estos últimos hasta un importe máximo de un
millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido
Esto es, que para contratación no centralizada y compras superiores al millón de euros, el Director General de Patrimonio del Estado seguría siendo órgano de contratación ¿no?

Decidme que opinais, saludos,

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anai
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por anai »

muchísimas gracias

un saludo! :wink:

v_b_v_madrid
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por v_b_v_madrid »

jdiazgh escribió:Menudo lío...

Para la contratación centralizada, es como dice rapter.

Pero para la contratación no centralizada, según RDL 3/2011 (actualizado):
Artículo 207 Adquisición centralizada de equipos y sistemas para el tratamiento de la información

1. La competencia para adquirir equipos y sistemas para el tratamiento de la información y sus elementos complementarios o auxiliares en el ámbito definido en el apartado 1 del artículo anterior que no hayan sido declarados de adquisición centralizada conforme a lo señalado en el mismo corresponderá, en todo caso, al Director General del Patrimonio del Estado, oídos los Departamentos ministeriales u organismos interesados en la compra en cuanto sus necesidades.
Teniendo en cuenta el artículo 14 de RD 589/2005, como dice rapter:
Artículo 14. Desconcentración de competencias en los contratos de suministros.
Sin perjuicio de las competencias que pudieran tener atribuidas en virtud de la
disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se desconcentran en los
órganos de contratación de los departamentos ministeriales y de los organismos autónomos
las competencias definidas en el artículo 207 del citado texto refundido, para la adquisición y
el arrendamiento de equipos y sistemas para el tratamiento de información, sus dispositivos
y programas y la cesión del derecho de uso a estos últimos hasta un importe máximo de un
millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido
Esto es, que para contratación no centralizada y compras superiores al millón de euros, el Director General de Patrimonio del Estado seguría siendo órgano de contratación ¿no?

Decidme que opinais, saludos,

Opinio como tu.
La DGP mantienen sus competencias como órgano de contratación para compras de suministros (que no sean de contratación centralizada), de Organismos que no sean el Mº de Defensa ni Seguridad social, superiores a 1M €.

Un saludo
Última edición por v_b_v_madrid el 31 Oct 2013, 19:12, editado 1 vez en total.

rapter
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por rapter »

Yo entiendo que en el caso adquisición de equipos y sistemas para el tratamiento de la información no declarados de adquisición centralizada, el órgano de contratación sería la Junta de contratación centralizada.

Lo primero porque la DG de patrimonio ya no tiene la competencia de adquisición de equipos y sistemas, tal y como estaba redactado inicialmente en el art. 20.1 e) RD 256/2012 (coincidente con la redacción del art. 207.1 que citaba jdiazgh).
La actuación como central de contratación en el ámbito estatal, en relación con los suministros, obras y servicios declarados de adquisición centralizada, la adquisición de equipos y sistemas para el tratamiento de la información conforme a lo previsto en la normativa en vigor, ...
Lo segundo en el mismo RD 256/2012, el art. 20.3 ha quedado redactado de la siguiente manera:
Conforme al artículo 316.3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre , el órgano que ejerce las funciones de órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada es la Junta de Contratación Centralizada.
Si vamos al art. 316.3 RDL 3/2011, este dice:
Corresponde al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través del órgano que se determine en su estructura orgánica, las funciones de órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada regulado en los artículos 206 y 207.
Menudo lío en cualquier caso.

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anai
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por anai »

si, mi duda era esa, si el Director de Patrimonio ya queda excluido de todo tipo de contratación, de todas maneras, todo será ver si aparece la figura de la Junta de Contratación en la pregunta de test o no, que a lo mejor si la incluyen ya para ver si estamos atentos a los cambios

gracias de nuevo

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vfrades
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por vfrades »

Para ahondar más en el tema de la contratación centralizada, decir que este lunes se ha publicado en el BOE una modificación de la orden de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada que afecta directamente al ámbito de las TIC. El artículo 2 de la Orden EHA/1049/2008 queda redactado como sigue:
«Artículo 2. Declaración de servicios de contratación centralizada.

En el ámbito establecido en el artículo 206.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se declaran de contratación centralizada los contratos de servicios que a continuación se relacionan:

a) Los contratos de servicios dirigidos al desarrollo de la Administración Electrónica cuyo presupuesto de licitación no supere 862.000 euros, I.V.A. excluido, cuyo objeto consista en:

1. Trabajos de consultoría, planificación, estudio de viabilidad, análisis, diseño, construcción e implantación de sistemas de información, y los mantenimientos de las aplicaciones desarrolladas bajo esta modalidad.

2. Servicios de alojamiento en sus distintas modalidades, y los servicios remotos de explotación y control de sistemas de información que den soporte a servicios públicos de administración electrónica.

b) Los contratos de servicios de telecomunicaciones.»

Además, con respecto a los contratos de comunicaciones se añade un nuevo artículo que contempla la siguiente excepción al régimen general de contratación centralizada:
«Artículo 5. Autorizaciones de excepción para la contratación de servicios de telecomunicaciones.

La contratación de servicios de telecomunicaciones al margen del sistema estatal de contratación centralizada podrá realizarse por el correspondiente órgano competente de acuerdo con las normas generales de competencia y procedimiento, cuando se justifique por las características de los servicios a satisfacer y previo informe favorable de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.»
Por otra parte, también se publicó el lunes la nueva regulación normativa de la Junta de Contratación Centralizada:

http://www.boe.es/boe/dias/2013/11/04/p ... -11519.pdf

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anai
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Re: Dudas sobre contratación.

Mensaje por anai »

muchas gracias por la info, me imaginaba que estaría al caer

un saludo

Cerrado

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