DG de Racionalización y Centralización de la Contratación

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vfrades
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DG de Racionalización y Centralización de la Contratación

Mensaje por vfrades »

De interés para completar los temas de contratación pública y las estrategias de modernización de la Administración:

En el BOE del pasado sábado 21 de septiembre se ha publicado una modificación de la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y AAPP por la que se crea una nueva Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, a la que se atribuyen las siguientes competencias:

a) El estudio, planificación, impulso y seguimiento de los procesos de contratación centralizada en el ámbito del sector público administrativo estatal.

b) El establecimiento de criterios dirigidos a los entes del sector público administrativo estatal sobre medidas para la racionalización de la contratación en actividades de gestión que, por ser similares o de la misma naturaleza, puedan desempeñarse de forma unificada o coordinada.

c) La tramitación, para su elevación al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, de la propuesta de los contratos de suministros, obras y servicios que deban ser declarados de contratación centralizada de acuerdo con el artículo 206 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

d) La preparación y tramitación de los expedientes de contratación centralizada de suministros y servicios en materia de seguridad, infraestructuras tecnológicas y aquellos otros ámbitos relacionados que se identifiquen como comunes.

e) La preparación y tramitación de los expedientes de contratación centralizada de suministros, obras y servicios distintos de los previstos en el párrafo d).

f) La coordinación y, en su caso, elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, gestión administrativa de los expedientes de contratación y tareas de apoyo administrativo a la Junta de Contratación Centralizada.

g) La gestión de medios humanos, materiales y presupuestarios a ella asignados en el ámbito de la Dirección General.

h) La gestión presupuestaria de los expedientes de contratación centralizada cuando se produzca la centralización de los créditos presupuestarios.

i) La preparación y propuesta al titular de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de cuantos informes estipule la normativa reguladora en materia de contratación centralizada y, en particular, la autorización para iniciar procedimientos de contratación o encomiendas de gestión de suministros y servicios susceptibles de centralización por una duración del contrato principal superior a un año más posibilidad de otro de prórroga.

j) Cuantas otras funciones pudieran serle atribuidas o le otorgue el ordenamiento jurídico, en particular los artículos 203 a 207 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y su normativa de desarrollo en los que se regula con carácter básico los principios, creación y funcionamiento de las centrales de contratación.


Por otra parte, se crea la Junta de Contratación Centralizada, órgano colegiado adscrito a la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, que será el órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada de acuerdo con el artículo 316.3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.


Fuente: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-9773

Mikra
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Re: DG de Racionalización y Centralización de la Contratació

Mensaje por Mikra »

Muchisimas gracias vfrades. Tu ayuda siempre inestimable.

jdiazgh
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Re: DG de Racionalización y Centralización de la Contratació

Mensaje por jdiazgh »

Gracias vfrades, me queda la duda de si los órganos de contratación que existían anteriormente para la contratación centralizada siguen existiendo ahora.

Maya
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Re: DG de Racionalización y Centralización de la Contratació

Mensaje por Maya »

Muchas gracias vfrades!

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vfrades
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Re: DG de Racionalización y Centralización de la Contratació

Mensaje por vfrades »

jdiazgh, para los órganos de contratación centralizada anteriores (SG Compras de la DG Patrimonio), se ha establecido el siguiente régimen transitorio:
Disposición transitoria segunda. Expedientes iniciados con anterioridad a la constitución de la Junta de Contratación Centralizada.

1. A los efectos de esta disposición, los expedientes de contratación se consideran iniciados cuando se haya publicado la correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato. En el caso de procedimientos negociados, para determinar el momento de iniciación se tomará en cuenta la fecha de aprobación de los pliegos. Las solicitudes de bienes o servicios remitidas por los organismos destinatarios para adjudicar contratos basados en los acuerdos marco vigentes y las propuestas de actualización de los acuerdos marco se considerarán expedientes iniciados cuando hubieran tenido entrada en el sistema CONECTA-PATRIMONIO o en el registro auxiliar de la Subdirección General de Contratación Centralizada de Tecnologías.

2. En los expedientes de contratación que se hayan iniciado con anterioridad a la fecha de constitución de la Junta de Contratación Centralizada, el titular de la Dirección General del Patrimonio del Estado actuará como órgano de contratación con la asistencia de la Mesa de contratación del sistema estatal de contratación centralizada.

3. Una vez constituida la Junta de Contratación Centralizada, los contratos formalizados por la Dirección General de Patrimonio del Estado como órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada, se tramitarán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento, extinción y régimen de prórrogas, por la Junta de Contratación Centralizada o por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación cuando las competencias estuviesen desconcentradas en la misma.

4. A tal efecto, las delegaciones de competencias realizadas por la Dirección General del Patrimonio del Estado a favor de la Subdirección General de Compras se entenderán hechas a favor de la Subdirección General de Contratación Centralizada de Tecnologías dependiente de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.

jdiazgh
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Re: DG de Racionalización y Centralización de la Contratació

Mensaje por jdiazgh »

Gracias de nuevo! :D

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