Tema: 30. Id Pregunta: 1873.
a) La notificación se practicará sólo para los procedimientos expresamente señalados por el interesado
b) El interesado deberá contar con un certificado digital X.509v3 emitido a su nombre o de la empresa que represente
c) Cuando existiendo constancia de la recepción de la notificación en la dirección electrónica, transcurrieran diez días naturales sin que acceda a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada.
d) En cualquier caso, la dirección electrónica única tendrá carácter indefinido.
Se da como respuesta la D, pero el caso es que en el RD no veo por ninguna parte lo del certificado X.509v3.
La afirmación D podría ser correcta si elimináramos "En cualquier caso", ya que el RD dice:
Por tanto, pienso que en esta pregunta se podrían señalar dos opciones como falsas: B y Da dirección electrónica única tendrá vigencia indefinida, excepto en los supuestos en que se solicite su revocación por el titular, por fallecimiento de la persona física o extinción de la personalidad jurídica, que una resolución administrativa o judicial así lo ordene o por el transcurso de tres años sin que se utilice para la práctica de notificaciones, supuesto en el cual se inhabilitará la dirección electrónica única, comunicándoselo así al interesado.