Hola,
Sabéis si hay leyenda de que al impugnar alguna pregunta luego en el examen oral hayan preguntado más o se hayan cebado a preguntas por el hecho de haber impugnado. Como no es un procedimiento anónimo...en el tercer examen me figuro que te llamar por tu nombre y la cps sabes quién eres...
Impugar vs represalias
- cpr
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Re: Impugar vs represalias
Impugnar sólo es pedirles que revisen una pregunta porque piensas que es incorrecta, no les estás insultando ni nada jajaj es algo común.
Dudo mucho que se apunten en una libreta los nombres de todos los que lo hacen para que luego la saquen al corregir los exámenes y decir mira este dijo que una pregunta estaba mál, voy a fastidiarle.
Para impugnar es mejor presentarlo en un registro, desde el registro electrónico común se puede hacer enviándolo al general y allí lo reenvían a la comisión permanente de selección que le corresponde. Al correo electrónico no sé si se lo tomarán tan enserio como en un registro que queda constancia de ello.
Dudo mucho que se apunten en una libreta los nombres de todos los que lo hacen para que luego la saquen al corregir los exámenes y decir mira este dijo que una pregunta estaba mál, voy a fastidiarle.
Para impugnar es mejor presentarlo en un registro, desde el registro electrónico común se puede hacer enviándolo al general y allí lo reenvían a la comisión permanente de selección que le corresponde. Al correo electrónico no sé si se lo tomarán tan enserio como en un registro que queda constancia de ello.
- Itinerante
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Re: Impugar vs represalias
cpr escribió:Impugnar sólo es pedirles que revisen una pregunta porque piensas que es incorrecta, no les estás insultando ni nada jajaj es algo común.
Dudo mucho que se apunten en una libreta los nombres de todos los que lo hacen para que luego la saquen al corregir los exámenes y decir mira este dijo que una pregunta estaba mál, voy a fastidiarle.
Para impugnar es mejor presentarlo en un registro, desde el registro electrónico común se puede hacer enviándolo al general y allí lo reenvían a la comisión permanente de selección que le corresponde. Al correo electrónico no sé si se lo tomarán tan enserio como en un registro que queda constancia de ello.
¿Que a lo mejor al correo no le van a hacer caso?
Sinceramente espero que no. No tengo opciones de personarme en la Subdelegación y encima no tengo ni lector de DNIe ni el sistema Cl@ve dado de alta...
Mañana llamaré al INAP a ver qué me dicen. Sería atentar contra el principio de neutralidad tecnológica de la Ley 11/2007 que no pueda hacerlo por correo
"La confianza te hace imparable" (AENOR)
- cpr
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Re: Impugar vs represalias
Claro que se puede por mail. Es más correcto en registro porque tiene validez jurídica, autenticas el mensaje, hay constancia de emisión y recepción y todas estas cosas que hemos estudiado jejeItinerante escribió:cpr escribió:Impugnar sólo es pedirles que revisen una pregunta porque piensas que es incorrecta, no les estás insultando ni nada jajaj es algo común.
Dudo mucho que se apunten en una libreta los nombres de todos los que lo hacen para que luego la saquen al corregir los exámenes y decir mira este dijo que una pregunta estaba mál, voy a fastidiarle.
Para impugnar es mejor presentarlo en un registro, desde el registro electrónico común se puede hacer enviándolo al general y allí lo reenvían a la comisión permanente de selección que le corresponde. Al correo electrónico no sé si se lo tomarán tan enserio como en un registro que queda constancia de ello.
¿Que a lo mejor al correo no le van a hacer caso?
Sinceramente espero que no. No tengo opciones de personarme en la Subdelegación y encima no tengo ni lector de DNIe ni el sistema Cl@ve dado de alta...
Mañana llamaré al INAP a ver qué me dicen. Sería atentar contra el principio de neutralidad tecnológica de la Ley 11/2007 que no pueda hacerlo por correo
No sé hasta cuándo será el plazo de impugnaciones.
- scaramanga
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Re: Impugar vs represalias
Este año he echado de menos algo de información respecto a las alegaciones, en concreto, el modo de presentarlas y el plazo para entregarlas.
El año pasado, en el caso de A2/C1, de hecho se indicaba que se enviaran todas por correo al buzón de la CPS, lo que no recuerdo ahora mismo es el plazo, quizá unos 5 días.
Respecto a las represalias, las alegaciones/impugnaciones son parte del procedimiento administrativo de la oposición. Todo lo que se presente escrito en un tono correcto, no supone mayor problema.
Y por último, algo que creo que sería interesante, sería publicar las alegaciones presentadas, para tener más información de las mismas.
Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid, hace ya tiempo que en sus proceso selectivos publica las alegaciones presentadas, y las conclusiones sobre las mismas, aceptándolas, o denegándolas. Siempre he creído que cuanta más transparencia, mejor.
http://www.madrid.es/UnidadWeb/Contenid ... ESale2.pdf
Un saludo.
El año pasado, en el caso de A2/C1, de hecho se indicaba que se enviaran todas por correo al buzón de la CPS, lo que no recuerdo ahora mismo es el plazo, quizá unos 5 días.
Respecto a las represalias, las alegaciones/impugnaciones son parte del procedimiento administrativo de la oposición. Todo lo que se presente escrito en un tono correcto, no supone mayor problema.
Y por último, algo que creo que sería interesante, sería publicar las alegaciones presentadas, para tener más información de las mismas.
Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid, hace ya tiempo que en sus proceso selectivos publica las alegaciones presentadas, y las conclusiones sobre las mismas, aceptándolas, o denegándolas. Siempre he creído que cuanta más transparencia, mejor.
http://www.madrid.es/UnidadWeb/Contenid ... ESale2.pdf
Un saludo.