A2 P.Interna - Plazos, curso selectivo y dietas
Publicado: 14 Jul 2016, 10:28
Buenos días,
Abro este tema para comentar dudas respecto a lo que queda del proceso selectivo:
Duda 1- Plazos: ¿Cuál es el plazo legal de resolución definitiva del proceso selectivo? ¿Por resolución definitiva se entiende hasta la resolución definitiva de aprobados o hasta el nombramiento final?
La convocatoria anterior (OEP 2014) fue:
a) Publicación: 28/08/2014
b) Aprobados 1º: 19/12/2014
c) Aprobados 2º: 30/03/2015
d) Méritos prov.: 30/04/2015
e) Méritos def.: 03/06/2015
f) Resolución defint. aprobados: 21/07/2015
g) Nombram. funcs. en prácticas: 08/09/2015
h) Curso selectivo: 22/09/2015
i) Oferta destinos: 10/11/2015
i) Nombramiento final: 02/12/2015
La publicación de nuestra convocatoria (OEP 2015) data de 21/10/2015 (dos meses después respecto a la del año pasado). A las fechas que estamos y dada la situación actual, lo más probable es que la valoración definitiva de méritos se postergue hasta después de agosto, pero ¿podría adelantarse esto dado que ya está en marcha la OEP 2016? La resolución definitiva de aprobados creo que por ley tiene que salir en el plazo máximo de un año tras la fecha de convocatoria, es decir que para el 10 de octubre como máximo. Si se cumplen los plazos del año pasado, nuestro curso debería ser en noviembre/diciembre, dado que el curso de la pasada fue en septiembre/octubre. Y el nombramiento final sería en enero/febrero de 2017.
y Duda 2 - Dietas/Sueldo: Según he leído en posts de la convocatoria anterior, si el curso dura más de un mes, se considera residencia eventual en vez de alojamiento por curso por lo que pagan alojamiento el 50% sin necesidad de justificante de hotel, etc., pero ¿esto depende del inap o del organismo al que pertenezcamos cada un@? ¿quién se encarga de las dietas para los que vivimos fuera? ¿incluirían desplazamientos los fines de semana? y durante el curso, ¿qué sueldo cobramos: el actual que tenemos respetando los complementos, etc., o el nuevo del a2? ¿con qué complementos?
Según la resolución definitiva de aprobados del año pasado, se decía que los aprobados tienen que "formular opción de remuneración" según R.D. 213/2003 (Enlace: http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -2003.html).
Espero no aburriros con todas estas dudas.
Gracias y saludos. Nos vemos ya mismo!
Abro este tema para comentar dudas respecto a lo que queda del proceso selectivo:
Duda 1- Plazos: ¿Cuál es el plazo legal de resolución definitiva del proceso selectivo? ¿Por resolución definitiva se entiende hasta la resolución definitiva de aprobados o hasta el nombramiento final?
La convocatoria anterior (OEP 2014) fue:
a) Publicación: 28/08/2014
b) Aprobados 1º: 19/12/2014
c) Aprobados 2º: 30/03/2015
d) Méritos prov.: 30/04/2015
e) Méritos def.: 03/06/2015
f) Resolución defint. aprobados: 21/07/2015
g) Nombram. funcs. en prácticas: 08/09/2015
h) Curso selectivo: 22/09/2015
i) Oferta destinos: 10/11/2015
i) Nombramiento final: 02/12/2015
La publicación de nuestra convocatoria (OEP 2015) data de 21/10/2015 (dos meses después respecto a la del año pasado). A las fechas que estamos y dada la situación actual, lo más probable es que la valoración definitiva de méritos se postergue hasta después de agosto, pero ¿podría adelantarse esto dado que ya está en marcha la OEP 2016? La resolución definitiva de aprobados creo que por ley tiene que salir en el plazo máximo de un año tras la fecha de convocatoria, es decir que para el 10 de octubre como máximo. Si se cumplen los plazos del año pasado, nuestro curso debería ser en noviembre/diciembre, dado que el curso de la pasada fue en septiembre/octubre. Y el nombramiento final sería en enero/febrero de 2017.
y Duda 2 - Dietas/Sueldo: Según he leído en posts de la convocatoria anterior, si el curso dura más de un mes, se considera residencia eventual en vez de alojamiento por curso por lo que pagan alojamiento el 50% sin necesidad de justificante de hotel, etc., pero ¿esto depende del inap o del organismo al que pertenezcamos cada un@? ¿quién se encarga de las dietas para los que vivimos fuera? ¿incluirían desplazamientos los fines de semana? y durante el curso, ¿qué sueldo cobramos: el actual que tenemos respetando los complementos, etc., o el nuevo del a2? ¿con qué complementos?
Según la resolución definitiva de aprobados del año pasado, se decía que los aprobados tienen que "formular opción de remuneración" según R.D. 213/2003 (Enlace: http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -2003.html).
Espero no aburriros con todas estas dudas.
Gracias y saludos. Nos vemos ya mismo!