Método de impugnación

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Pat
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Método de impugnación

Mensaje por Pat »

Buenos días.

Después de todos los hilos que se están creando con posibles impugnaciones, anulaciones y correcciones, estaría bien saber cuál es el circuito correcto.

Según leí en foros del año pasado, y basándome en el punto 5.7 de la convocatoria (lo copio abajo), la dirección para impugnaciones era seleccion.tic@inap.es

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Instituto Nacional de Administración Pública (Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas), calle Atocha, n.º 106, 28012 Madrid, teléfono 912739100, dirección de correo
electrónico seleccion.tic@inap.es


No obstante, leyendo comentarios de otros compañeros (@chemagv) en otros hilos, comentan que solamente es válida la presentación en registro.

¿Alguien sabe cuál es el circuito oficial? ¿Son válidas las dos opciones?

chemagv
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Re: Método de impugnación

Mensaje por chemagv »

La impugnación de una pregunta no deja de ser una solicitud que inicia un procedimiento administrativo, regulado por la ley 39/2015. La forma oficial de iniciar una solicitud es acudir al registro electrónico o a las oficinas de ayuda al registro. Dicho de otra forma, legalmente la única forma que les obliga a dar respuesta a una impugnación es una solicitud en registro, un correo a una dirección de correo electrónico lo deja a su buena fe, pero no les obliga a dar respuesta ni a darse por enterados.

chusa1177
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Re: Método de impugnación

Mensaje por chusa1177 »

En la convocatoria, indican lo siguiente:
"A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Administración Pública (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), calle Atocha, n.º 106, 28012 Madrid, teléfono 912739100, dirección de correo electrónico seleccion.tic@inap.es"

chemagv, estas seguro de que con la direccion email que nos dan, y parece que es como se ha hecho otros años, no es suficiente?
un saludo,

chemagv
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Re: Método de impugnación

Mensaje por chemagv »

Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de la misma. La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente.

Si un correo mondo y lironco cumple eso... yo creo que no.

chemagv
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Re: Método de impugnación

Mensaje por chemagv »

Por otro lado una solicitud de impugnación la tienes que firmar, ¿cómo haces eso por correo?

isiswr
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Re: Método de impugnación

Mensaje por isiswr »

Buenas, yo he llamado al inap, al teléfono de selección y me ha comentado la señora que atendía que se puede hacer tanto por registro como por correo electrónico a seleccion.tic@inap.es. Ambas son válidas, eso sí indicando, exámen, cuerpo, pregunta, motivos y el qué se propone hacer con ella, corregir, impugnar...
Saludos

chusa1177
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Re: Método de impugnación

Mensaje por chusa1177 »

Pues muchas gracias por esa llamada isiswr, nos has sacado de la duda!!

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opoticeng
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Re: Método de impugnación

Mensaje por opoticeng »

Como se ha comentado otros años, la vía "formal" para realizar las alegaciones es mediante su paso por Registro.

En mi caso, el año pasado pregunté en este mismo foro sobre la "validez" de presentar una impugnación por email, y uno de los miembros de PreparaTIC me comentó lo siguiente. Cito a "scaramanga":

No es que no tengan validez, es que en condiciones normales, un buzón de correo no sería un medio formal que originara una procedimiento administrativa. Incluso enviando con opción de acuse de recibo, en principio entiendo que no sería un medio formal, como un registro, tanto presencial como electrónico.

Ahora bien, las alegaciones en este caso realmente no son un "procedimiento formal", sino una especie de comunicación más o menos informal. Como ya se ha dicho, el año pasado dijeron que se enviaran a ese buzón, ahí se entiende que las recogerían y las tratarían.

Quedaos conque el registro es la vía ordinaria para entregar o solicitar algo, en un procedimiento administrativo, y la única vía en que uno se asegura tener un resguardo de haber hecho ese trámite. Pero en ocasiones, puede bastar con un simple correo electrónico. Otro ejemplo de uso del correo, podía ser pedir la nota de un examen.

Un saludo.
Yo tengo claro que si impugno alguna, la pasaré por Registro.

isiswr
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Re: Método de impugnación

Mensaje por isiswr »

A ver yo os digo lo que me han comentado en selección inap, os paso el teléfono para que llaméis: 912739219. Ahora bien, eso no quita que como estoy ofuscada no me vaya también al registro e impugne por si las flies, pero la señora me ha dicho que ambos métodos son correctos tal como se dice en las bases, sino no lo diría claro. Pero yo que sé...

chemagv
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Re: Método de impugnación

Mensaje por chemagv »

Bueno, yo por si las moscas he impugnado en registro electrónico la 38 y la 19.

alba.huelves
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Re: Método de impugnación

Mensaje por alba.huelves »

chemagv escribió:Bueno, yo por si las moscas he impugnado en registro electrónico la 38 y la 19.
¿Como se impugna por registro electrónico?

chemagv
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Re: Método de impugnación

Mensaje por chemagv »

Necesitas un certificado o un DNI electrónico con lector. La página es https://sede.administracion.gob.es/PAG_ ... Comun.html

alba.huelves
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Re: Método de impugnación

Mensaje por alba.huelves »

Gracias!

javijav_3
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Re: Método de impugnación

Mensaje por javijav_3 »

Hola,

Sabéis cual es el plazo para impugnar una pregunta?

Muchas gracias!!!!

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opoticeng
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Re: Método de impugnación

Mensaje por opoticeng »

chemagv escribió:Necesitas un certificado o un DNI electrónico con lector. La página es https://sede.administracion.gob.es/PAG_ ... Comun.html
Como órgano destinatario pusiste Subdirección de Selección-Inap, no? Y ya de ahí supongo que lo mandarán al Tribunal del Cuerpo TIC.

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