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Duda Formación de Gobierno

Publicado: 25 Dic 2016, 21:32
por Go4it
Buenas a todos,
Tengo la siguiente duda respecto a la formación de Gobierno: desde la primera votación de investidura, han de pasar como máximo 2 meses para la formación de gobierno (para que el candidato a Presidente del Gobierno obtenga la confianza del Congreso). Pero, supongamos que a la primera propuesta y votación de investidura, sale un Presidente por mayoría absoluta del Congreso, ¿cuál es el plazo máximo para que el nuevo Presidente tome posesión de su puesto? quiero decir, ¿cuántos días tiene el nuevo presidente para jurar su cargo y empezar a elegir a sus Ministros, etc. y poner su gobierno a funcionar? ¿son esos mismos 2 meses el plazo que tiene?

Gracias!

Re: Duda Formación de Gobierno

Publicado: 25 Dic 2016, 23:00
por grazalema
Hola,
Por lo que he visto en la ley 50/1997 no hay un plazo establecido como tal y creo que este punto no se desarrolla en ningún reglamento.
El artículo que habla de la formación del Gobierno es el siguiente (L50/1997)
Artículo 12. Del nombramiento y cese.

1. El nombramiento y cese del Presidente del Gobierno se producirá en los términos previstos en la Constitución.

2. Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.

3. La separación de los Vicepresidentes del Gobierno y de los Ministros sin cartera llevará aparejada la extinción de dichos órganos.

Un saludo

Re: Duda Formación de Gobierno

Publicado: 25 Dic 2016, 23:16
por Go4it
Gracias por el aporte! yo no he sido capaz de encontrarlo en la Constitución, será que como bien dices no hay un plazo para ello.

Re: Duda Formación de Gobierno

Publicado: 27 Dic 2016, 12:05
por Itinerante
Sí, parece que esos plazos son a discreción del Presidente del Gobierno, teniendo absoluta libertad para ello.

Hay bastantes lagunas en la Constitución. Un ejemplo ha sido el que hemos vivido: sin investidura fallida, no empezaban a correr los plazos.

Re: Duda Formación de Gobierno

Publicado: 28 Dic 2016, 17:11
por MarcRo
Hola
Un buen ejemplo es el RD que ha nombrado a Rajoy presidente del gobierno recientemente.
https://www.boe.es/boe/dias/2016/10/31/ ... 6-9962.pdf
Como veis en el texto del RD la segunda votación de investidura tuvo lugar el día 29/10, el día 30/10 el rey firmo el RD de nombramiento, acto seguido se publicó en el BOE el 31/10 es decir al día siguiente de dicho acto real.
En la CE no hay fechas ni plazos para esto, es de esperar que el rey firme el decreto de nombramiento inmediatamente después de la votación de investidura.
Otra cosa es el plazo que tiene el presidente, una vez nombrado, para formar el Gobierno (es decir los ministros…) en esta última legislatura Rajoy aprovechó el puente de Noviembre para formar gobierno y el nombramiento de los ministros fue justo después del puente.
Un saludo