TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Exámenes de las oposiciones, anuncios, etc.
Avatar de Usuario
MarcRo
Usuario registrado
Mensajes: 78
Registrado: 24 Feb 2016, 10:01
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por MarcRo »

pepemc escribió:
MarcRo escribió:Buenas tardes,
Quería comentaros mi impresión sobre la pregunta 20 de TAI, sobre el sistema CL@VE. Yo creo que esta pregunta es impugnable, porque asumen que la respuesta c) es FALSA, lo que es cierto, pero es que yo creo que la pregunta d) también es falsa, ya que la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ya no existe.
Es cierto que en la página web de CL@VE (http://clave.gob.es/clave_Home/clave/queEs.html ) se dice que “El sistema Cl@ve fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, en su reunión del 19 de septiembre de 2014, y sus condiciones de utilización son determinadas por la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” (DTIC). El problema es que esta DG ya no existe, y si las respuestas se deben evaluar en base a la normativa vigente en el momento de realización del examen, esta respuesta d) también sería falsa, por lo que nos encontramos ante una pregunta con dos respuestas falsas.
¿Cómo lo veis?
En internet esta puesto por todos los sitios de esa direccion. Donde sale que ya no existe? ? Por favor
El Real Decreto 415/2016, de 4 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

El departamento queda conformado de la siguiente forma:

Ministro de Hacienda y Función Pública.
Secretaría de Estado de Hacienda.
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.
Secretaría de Estado de Función Pública.==> órganos directivos dependientes:
Órganos directivos dependientes:

Secretaría General de Administración Digital (rango de subsecretaría).
Dirección General de la Función Pública.
Dirección General de Gobernanza Pública.

Te adjunto el link del organigrama del departamento competente. la DTIC ha sido eliminada
http://www.minhafp.gob.es/es-ES/El%20Mi ... blica.aspx
Un saludo

surgeon
Usuario registrado
Mensajes: 2
Registrado: 27 Feb 2017, 16:52
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por surgeon »

Pero ese Decreto es posterior a la convocatoria de las oposiciones.

Avatar de Usuario
bits
Usuario registrado
Mensajes: 83
Registrado: 22 Jun 2016, 19:35
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por bits »

surgeon escribió:Pero ese Decreto es posterior a la convocatoria de las oposiciones.
En el examen entra lo que está vigente en el día del examen, que yo sepa no importa si es posterior a la convocatoria, pero que alguien me corrija si me equivoco.

pepemc
Usuario registrado
Mensajes: 30
Registrado: 27 Feb 2017, 15:40
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por pepemc »

MarcRo escribió:
pepemc escribió:
MarcRo escribió:Buenas tardes,
Quería comentaros mi impresión sobre la pregunta 20 de TAI, sobre el sistema CL@VE. Yo creo que esta pregunta es impugnable, porque asumen que la respuesta c) es FALSA, lo que es cierto, pero es que yo creo que la pregunta d) también es falsa, ya que la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ya no existe.
Es cierto que en la página web de CL@VE (http://clave.gob.es/clave_Home/clave/queEs.html ) se dice que “El sistema Cl@ve fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, en su reunión del 19 de septiembre de 2014, y sus condiciones de utilización son determinadas por la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” (DTIC). El problema es que esta DG ya no existe, y si las respuestas se deben evaluar en base a la normativa vigente en el momento de realización del examen, esta respuesta d) también sería falsa, por lo que nos encontramos ante una pregunta con dos respuestas falsas.
¿Cómo lo veis?
En internet esta puesto por todos los sitios de esa direccion. Donde sale que ya no existe? ? Por favor
El Real Decreto 415/2016, de 4 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

El departamento queda conformado de la siguiente forma:

Ministro de Hacienda y Función Pública.
Secretaría de Estado de Hacienda.
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.
Secretaría de Estado de Función Pública.==> órganos directivos dependientes:
Órganos directivos dependientes:

Secretaría General de Administración Digital (rango de subsecretaría).
Dirección General de la Función Pública.
Dirección General de Gobernanza Pública.

Te adjunto el link del organigrama del departamento competente. la DTIC ha sido eliminada
http://www.minhafp.gob.es/es-ES/El%20Mi ... blica.aspx
Un saludo
Muchas Gracias.

pepemc
Usuario registrado
Mensajes: 30
Registrado: 27 Feb 2017, 15:40
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por pepemc »

surgeon escribió:Pero ese Decreto es posterior a la convocatoria de las oposiciones.
Si por eso fuera la ley 39 y 40 no entrarian y si han entrado

Avatar de Usuario
MarcRo
Usuario registrado
Mensajes: 78
Registrado: 24 Feb 2016, 10:01
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por MarcRo »

Hola, he revisado la nota informativa que la Comisión Permanente de Selección publicó en julio de 2016, y está muy claro:
http://www.minhafp.gob.es/es-ES/El%20Mi ... blica.aspx

La nota dice: "En relación con los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a Cuerpos de la Administración General del Estado, cuya realización se encarga a la Comisión Permanente de Selección, convocados por Orden HAP/998/2016, de 17 de junio, esta Comisión informa que la normativa aplicable en la realización de estos procesos será la vigente en la fecha de realización de los correspondientes ejercicios."

Osea que claramente sigo pensando que la respuesta de la DTIC es falsa.
Saludos,

Avatar de Usuario
Caveman
Usuario registrado
Mensajes: 14
Registrado: 24 Feb 2016, 21:36
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por Caveman »

korben escribió:Buenas tardes,

¿a alguien más la pregunta 32 le parece impugnable?

En relación con los sistemas RAID, ¿en qué configuración o nivel la información se fracciona por bloques y se almacena de forma alternativa en todos los discos del conjunto sin información de paridad?

a) RAID 0
b) RAID 2
c) RAID 3
d) RAID 5 <---Esta es la que dan por buena

A mi me parece que ninguna de las respuestas es correcta... aunque yo marque a) porque es la única sin paridad.
La a) es correcta. RAID 0 es justo lo que pide el enunciado: "Block-level striping without parity or mirroring" como dicen wikipedia (https://en.wikipedia.org/wiki/Standard_ ... els#RAID_0) y muchas otras fuentes.

Avatar de Usuario
MarcRo
Usuario registrado
Mensajes: 78
Registrado: 24 Feb 2016, 10:01
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por MarcRo »

bits escribió:
surgeon escribió:Pero ese Decreto es posterior a la convocatoria de las oposiciones.
En el examen entra lo que está vigente en el día del examen, que yo sepa no importa si es posterior a la convocatoria, pero que alguien me corrija si me equivoco.
Si. Estamos en lo correcto...
http://www.inap.es/alfresco/d/d/workspa ... lacion.pdf

Tdel13
Usuario registrado
Mensajes: 6
Registrado: 27 Feb 2017, 20:22
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por Tdel13 »

Lo primero saludar ya que es mi primera intervención en el chat, desde el año pasado siempre os he seguido, aunque en la sombra así que daros las gracias por estar ahí, ya que a mi me habeis ayudado.
En relación a la pregunta de RAID, yo tengo hecho un escrito justificado a partir de dos libros:
“Seguridad y Alta Disponibilidad” de Jesús Costas Santos de la editorial RA-MA.
“Seguridad informática ed.11” de Paraninfo.
En los cuales queda claro que el RAID 5 no cumple con lo que pide el enunciado (ya que usa paridad distribuida) y el RAID 0 si cumple con lo especificado en la pregunta en cuanto al fraccionamiento por bloques y almacenamiento alternativo en disco que lo conforman , por supuesto sin paridad.
Pero desconozco cual es el procedimiento a seguir, se que se puede contactar a través del 060 y del correo cps@inap.es
Pero no se si es necesario utilizar "tecnicismo" a la hora de contactar con cps.
Por otra parte esto no sería una impugnación sino una corrección de errores pero tampoco se como atajar la cuestión.

Ararroyo
Usuario registrado
Mensajes: 1
Registrado: 22 Jun 2016, 15:57
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por Ararroyo »

Hola a todos!

Lo primero que quería es saludaros ya que soy nueva en este foro.

Con respecto a las preguntas que estáis comentando, estoy completamente de acuerdo en impugnar la 20 y la 32 (esta es evidente, jejej). Con respecto a la 20, la acabo de comentar con el profesor de derecho y dice que tenemos base para impugnarla. Otra cosa es que nos hagan caso. :?

En cualquier caso, cuantos más seamos mejor.

manuelmtq
Usuario registrado
Mensajes: 8
Registrado: 27 Feb 2017, 18:28
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por manuelmtq »

Buenas a todos,

Con respecto a la pregunta de RAID estoy de acuerdo con que la respuesta D (raid 5) es erronea. Por otro lado creo que tampoco es del todo correcta la A (raid 0).

A ver, tengo en mis apuntes que "raid lineal" no provee redundancia alguna al igual que RAID-0, provee el volumen agrupado como un solo disco virtual (un dispositivo de bloque), uno después del otro, a diferencia de RAID-0 que están divididos en tiras "stripes". Por lo tanto creo que se ajusta más "raid lineal", que no aparece como opción de respuesta.

La verdad es que con tanta documentación y autores es dificil unificar, voy a mirar a ver de donde salió lo de "raid lineal" :?



http://web.mit.edu/rhel-doc/3/rhel-sag- ... evels.html

Saludos,

Avatar de Usuario
MarcRo
Usuario registrado
Mensajes: 78
Registrado: 24 Feb 2016, 10:01
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por MarcRo »

Ararroyo escribió:Hola a todos!

Lo primero que quería es saludaros ya que soy nueva en este foro.

Con respecto a las preguntas que estáis comentando, estoy completamente de acuerdo en impugnar la 20 y la 32 (esta es evidente, jejej). Con respecto a la 20, la acabo de comentar con el profesor de derecho y dice que tenemos base para impugnarla. Otra cosa es que nos hagan caso. :?

En cualquier caso, cuantos más seamos mejor.
Bien dicho tenemos la base para impugnarla, y cuantos más seamos mucho mejor.
Si no nos hacen caso, están incumpliendo la nota informativa publicada en Junio
Alegar con esto:
1) NOTA INFORMATIVA Procesos selectivos para el ingreso o el acceso a Cuerpos de la Administración General del Estado convocados por Orden HAP/998/2016, de 17 de junio
2) El Organigrama del Minhafp.
Todos los argumentos confirman la supresión de la DTIC …
Jurisdiccionalmente deben de admitirlo ya que dicha supresión se reguló por Real decreto, Orden ministerial...
Suerte ¡

teleco_c1
Usuario registrado
Mensajes: 8
Registrado: 27 Feb 2017, 16:18
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por teleco_c1 »

MarcRo escribió:
Messala escribió:
korben escribió:Buenas tardes,

¿a alguien más la pregunta 32 le parece impugnable?

En relación con los sistemas RAID, ¿en qué configuración o nivel la información se fracciona por bloques y se almacena de forma alternativa en todos los discos del conjunto sin información de paridad?

a) RAID 0
b) RAID 2
c) RAID 3
d) RAID 5 <---Esta es la que dan por buena

A mi me parece que ninguna de las respuestas es correcta...
Completamente impugnable, es la A a mi parecer. RAID 0
En el bloque 4 la 24, creo que es Paso de Testigo ya que implica una reserva del medio, como Token Ring
El Paso de Testigo usa la comparticón del medio por selección y no por reserva como lo hace GSMA.
Buenas a todos,

Antes que nada, decir que soy nuevo en el foro y aunque os he estado leyendo en la sombra durante el último mes está es la primera vez que me lanzo a comentar algo tras haber votado en la encuesta. A este respecto, agradecer los comentarios de la gente y espiritu de compartición existente que desde que conocí el foro recientemente me han servido de gran ayuda para preparar por primera vez el examen.

Por otra parte, corrigiendo de nuevo (por tercera o cuarta vez seguro, jejeje) el examen con la plantilla me han surjido dudas en relación a la pregunta 24 del bloque IV que Messala ya mencionaba como hipotética impugnación y que MarcRo comentaba que no era factible y que GSMA hacia compartición del medio por reserva.

Releyendo la pregunta, la misma dice:

"¿Cúal de las siguientes es una técnica de compartición por reserva para el control de acceso al medio?
a) ALOHA
b) CSMA
c) GSMA
d) Paso de testigo"

y dan como respuesta buena la c) GSMA.

A este respecto, entiendo que GSM (no GSMA), utilizando técnicas como SDMA, TDMA o FDMA si que hace acceso al medio por reserva (https://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_g ... disponible), pero en ningún caso he encontrado literatura al respecto sobre alguna "técnica de acceso al medio" llamada GSMA (por favor, corregidme si entendéis que ando equivocado pero he rebuscado en Internet GSMA como técnica de acceso al medio, no como GSM association y no he encontrado nada...)

Tal y como comenta MarcRo, existe literatura que cataloga al paso de testigo como técnica de compartición del medio por selección (http://www4.ujaen.es/~mdmolina/rrcc/Tema3MAC.pdf) por lo que entendería que en esta pregunta bien podría no haber ninguna respuesta correcta y que podría ser susceptible de ser impugnable.

¿Que os parece?

Espero vuestros comentarios que seguro que serán de utilidad.

Messala
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por Messala »

teleco_c1 escribió:
MarcRo escribió:
Messala escribió: Completamente impugnable, es la A a mi parecer. RAID 0
En el bloque 4 la 24, creo que es Paso de Testigo ya que implica una reserva del medio, como Token Ring
El Paso de Testigo usa la comparticón del medio por selección y no por reserva como lo hace GSMA.
Buenas a todos,

Antes que nada, decir que soy nuevo en el foro y aunque os he estado leyendo en la sombra durante el último mes está es la primera vez que me lanzo a comentar algo tras haber votado en la encuesta. A este respecto, agradecer los comentarios de la gente y espiritu de compartición existente que desde que conocí el foro recientemente me han servido de gran ayuda para preparar por primera vez el examen.

Por otra parte, corrigiendo de nuevo (por tercera o cuarta vez seguro, jejeje) el examen con la plantilla me han surjido dudas en relación a la pregunta 24 del bloque IV que Messala ya mencionaba como hipotética impugnación y que MarcRo comentaba que no era factible y que GSMA hacia compartición del medio por reserva.

Releyendo la pregunta, la misma dice:

"¿Cúal de las siguientes es una técnica de compartición por reserva para el control de acceso al medio?
a) ALOHA
b) CSMA
c) GSMA
d) Paso de testigo"

y dan como respuesta buena la c) GSMA.

A este respecto, entiendo que GSM (no GSMA), utilizando técnicas como SDMA, TDMA o FDMA si que hace acceso al medio por reserva (https://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_g ... disponible), pero en ningún caso he encontrado literatura al respecto sobre alguna "técnica de acceso al medio" llamada GSMA (por favor, corregidme si entendéis que ando equivocado pero he rebuscado en Internet GSMA como técnica de acceso al medio, no como GSM association y no he encontrado nada...)

Tal y como comenta MarcRo, existe literatura que cataloga al paso de testigo como técnica de compartición del medio por selección (http://www4.ujaen.es/~mdmolina/rrcc/Tema3MAC.pdf) por lo que entendería que en esta pregunta bien podría no haber ninguna respuesta correcta y que podría ser susceptible de ser impugnable.

¿Que os parece?

Espero vuestros comentarios que seguro que serán de utilidad.
GSMA, por lo que he podido encontrar es el acrónimo de Global Scheduling Multiple access y si es de reserva. :(

manuelmtq
Usuario registrado
Mensajes: 8
Registrado: 27 Feb 2017, 18:28
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: TAI pregunta 20 bloque I - Posibles impugnaciones

Mensaje por manuelmtq »

Podría ser que existiera dos posibles respuestas correctas: GSMA y Paso de testigo, siempre y cuando la literatura al respecto sea reconocida y que catalogue al paso de testigo como técnica de compartición del medio por selección. La has visto en alguna otra página a la que indicas?


Saludos,

Responder

Volver a “PROCESO SELECTIVO A2/C1 2016”