Duda informe técnico preceptivo SGAD

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logos
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Duda informe técnico preceptivo SGAD

Mensaje por logos »

Hola,
revisando la cuestión de las competencias de la DTIC/SGAD en el RD 806/2014 me asalta la duda acerca de la aplicabilidad del informe técnico preceptivo de la SGAD en las contrataciones vía AM. Según el RD[Art. 16]:

La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones realizará el informe técnico preceptivo de la memoria y los pliegos de prescripciones técnicas de las siguientes contrataciones de bienes y servicios informáticos:
a) El suministro de equipos y programas para el tratamiento de la información, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 b) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
b) Los contratos de servicios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
c) Los procedimientos especiales de adopción de tipo realizados al amparo del artículo 206 del texto refundido Ley de Contratos del Sector Público.
d) Los convenios de colaboración y encomiendas de gestión que incluyan la prestación de servicios en materia de tecnologías de la información, comunicaciones o Administración Digital en el ámbito de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.


Sin embargo, en los casos prácticos no se suele hacer referencia a este punto como condicionante/hito asociado a la contratación.

Alguna pista ?

Un saludo

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Montijeño
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Re: Duda informe técnico preceptivo SGAD

Mensaje por Montijeño »

Mmm... no sé si termino de pillarte la duda, logos.

En el caso del AM26, por poner uno de los de uso más habitual, es preceptivo el informe de la SGAD sobre el documento de licitación (requiere de una segunda licitación, aunque en lugar de PPTP y PCAP lo que ha de validar la SGAD es el documento de licitación).

No sé si van por ahí los tiros...

logos
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Re: Duda informe técnico preceptivo SGAD

Mensaje por logos »

Montijeño escribió:
16 Jul 2018, 17:52
Mmm... no sé si termino de pillarte la duda, logos.

En el caso del AM26, por poner uno de los de uso más habitual, es preceptivo el informe de la SGAD sobre el documento de licitación (requiere de una segunda licitación, aunque en lugar de PPTP y PCAP lo que ha de validar la SGAD es el documento de licitación).

No sé si van por ahí los tiros...
Yo también creo que es preceptivo pero en los casos de preparatic que he revisado (que no son todos) no se suele hacer mención a este punto, por ejemplo, a efectos de planificación.

Tal vez no lo he expresado bien pero, más que plantear una duda, buscaba una confirmación.

Un saludo

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dazu
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Re: Duda informe técnico preceptivo SGAD

Mensaje por dazu »

logos escribió:
16 Jul 2018, 17:58
Montijeño escribió:
16 Jul 2018, 17:52
Mmm... no sé si termino de pillarte la duda, logos.

En el caso del AM26, por poner uno de los de uso más habitual, es preceptivo el informe de la SGAD sobre el documento de licitación (requiere de una segunda licitación, aunque en lugar de PPTP y PCAP lo que ha de validar la SGAD es el documento de licitación).

No sé si van por ahí los tiros...
Yo también creo que es preceptivo pero en los casos de preparatic que he revisado (que no son todos) no se suele hacer mención a este punto, por ejemplo, a efectos de planificación.

Tal vez no lo he expresado bien pero, más que plantear una duda, buscaba una confirmación.

Un saludo
Buenas logos,
Sí, el informe de la SGAD es preceptivo en AMs con segunda licitación (como el AM26).
La SGAD da respuesta relativamente rápido (cosa de días o pocas semanas).
Este tiempo estaría incluido en los X meses de "Contratación" que veis en los Gantt de casos prácticos.
¡Saludos y buen estudio!

logos
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Re: Duda informe técnico preceptivo SGAD

Mensaje por logos »

Entendido. Gracias !

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