tema 121 LGTEL - Id 0001 - Pregunta: 10468

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martuts
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tema 121 LGTEL - Id 0001 - Pregunta: 10468

Mensaje por martuts »

117) Según la Ley 9/2014, respecto a la protección de los datos personales es falso que: Ver respuesta No contestar
a) Sólo se tratarán los datos de localización cuando sean anónimos o previo consentimiento.
b) Los datos se harán siempre anónimos o se cancelarán cuando no sean necesarios.
c) Los datos serán usados para promoción comercial cuando se haya prestado consentimiento.
d) Se pueden tratar datos de localización de forma anónima hasta que expire el plazo de impugnación de factura.

Pone que la respuesta FALSA es la "b" pero yo entiendo que es la "d", ya que se indica en el art 48 que los datos de localizacion sólo seran utilizados anonimamente y para SVA. Cuando habla del tiempo necesario para la impugnacion factura etc. es sobre datos de trafico.

************************* art 48 ************************************************************

a) A que se hagan anónimos o se cancelen sus datos de tráfico...][Los datos de tráfico necesarios a efectos de la facturación de los abonados y los pagos de las interconexiones podrán ser tratados únicamente hasta que haya expirado el plazo para la impugnación de la factura del servicio,...

c) A que sólo se proceda al tratamiento de sus datos de localización distintos a los datos de tráfico cuando se hayan hecho anónimos o previo su consentimiento informado y únicamente en la medida y por el tiempo necesarios para la prestación, en su caso, de servicios de valor añadido,

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Montijeño
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Re: tema 121 LGTEL - Id 0001 - Pregunta: 10468

Mensaje por Montijeño »

El quid de la cuestión está en el "siempre" que incluye la opción b). Los datos no se harán SIEMPRE anónimos.
Por otro lado, la opción d) es correcta, ya que no hay ninguna incorrección en decir que se pueden tratar los datos de localización de forma anónima hasta que expire el plazo de impugnación de factura. Es decir, puedes usarlos así hasta ese momento, o "...por el tiempo necesarios para la prestación, en su caso, de servicios de valor añadido", que sería el límite superior, según entiendo yo. Por lo que si el plazo de impugnación de factura es inferior, la opción d) es correcta.

Así lo entiendo yo, al menos.

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