Hola,
Me vengo encontrando muchas preguntas en la app de test sobre la Ley 3/2018 que habla del Director de la agencia por un mandato de 4 años.
Según la nueva Ley se habla de Presidencia de la AEPD por un periodo de 5 años.
¿Qué es lo correcto (entiendo que lo último, pero no sé si el Director es otra figura, por ejemplo del Consejo consultivo, y es que me estoy liando)?
Gracias de antemano.
¿Presidente o Director de la AEPD?
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- PreparaTIC27
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Re: ¿Presidente o Director de la AEPD?
Acabo de encontrar que en los estatutos de la AEPD se indica que la estructura se compone de Director que será nombrado por un periodo de 4 años, pero entonces ¿qué significado tiene el artículo 48.5 de la Ley : El mandato de la Presidencia y del Adjunto de la Agencia Española de Protección de Datos tiene una duración de cinco años y puede ser renovado para otro período de igual duración?
¿Son dos figuras diferentes con funciones diferenciadas?
¿Son dos figuras diferentes con funciones diferenciadas?
- al83
- PreparaTIC27
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Re: ¿Presidente o Director de la AEPD?
Buenas,
La respuesta la encontramos en la disposición transitoria primera de la nueva ley:
Disposición transitoria primera. Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.
1. El Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos, aprobado por Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, continuará vigente en lo que no se oponga a lo establecido en el Título VIII de esta ley orgánica.
2. Lo dispuesto en los apartados 2, 3 y 5 del artículo 48 y en el artículo 49 de esta ley orgánica se aplicará una vez expire el mandato de quien ostente la condición de Director de la Agencia Española de Protección de Datos a la entrada en vigor de la misma.
Es decir, que por ahora la AEPD sigue teniendo Director, pero cuando expire su mandato, se nombrará a un Presidente.
Saludos!
La respuesta la encontramos en la disposición transitoria primera de la nueva ley:
Disposición transitoria primera. Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.
1. El Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos, aprobado por Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, continuará vigente en lo que no se oponga a lo establecido en el Título VIII de esta ley orgánica.
2. Lo dispuesto en los apartados 2, 3 y 5 del artículo 48 y en el artículo 49 de esta ley orgánica se aplicará una vez expire el mandato de quien ostente la condición de Director de la Agencia Española de Protección de Datos a la entrada en vigor de la misma.
Es decir, que por ahora la AEPD sigue teniendo Director, pero cuando expire su mandato, se nombrará a un Presidente.
Saludos!
- palindromo
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Re: ¿Presidente o Director de la AEPD?
De hecho, nos pilla por los pelos. El mandato de la actual directora de la AEPD se inició en julio de 2015, así que está a punto de concluir.
De hecho, si se sigue el procedimiento previsto en la LO 3/2018 para la renovación del Presidente (aunque ahora sea Directora),
De hecho, si se sigue el procedimiento previsto en la LO 3/2018 para la renovación del Presidente (aunque ahora sea Directora),
En fin, esto ya son curiosidades.Dos meses antes de producirse la expiración del mandato o, en el resto de las causas de cese, cuando se haya producido éste, el Ministerio de Justicia ordenará la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria pública de candidatos.
Desde la barrera.