Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

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palindromo
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Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por palindromo »

Mañana se abre el plazo para inscribirse en la OEP 2019-2020 de Castilla - La Mancha. Por la parte que nos toca, se ofrecen las siguientes plazas:
  • Categoría A1: 6 plazas.
  • Titulación: Ingeniería en Informática, Ingeniería de Telecomunicación, Ingeniería Industrial, Ingeniería en Automática y Electrónica Industrial, Ingeniería en Electrónica, Licenciatura en Física, Licenciatura en Matemáticas o Grado análogo a cualquiera de los anteriores.
  • Categoría A2: 8 plazas.
  • Titulación: Ingeniería Técnica en Informática de Gestión, Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas, Ingeniería Técnica de Telecomunicación, Ingeniería Técnica Industrial, especialidad en Electrónica Industrial o Grado equivalente.
  • Categoría C1: 12 plazas.
  • Titulación: Bachiller, Técnico/a en Formación Profesional.
Aparte de la información oficial, hace un par de años ya hablábamos por aquí de una convocatoria parecida, por si la información es todavía válida.
Desde la barrera.

DonCecilio
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Re: Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por DonCecilio »

¿Os habéis apuntado? Me ha sorprendido mucho que para apuntarse sólo te pidan un correo-e y te manden un link de activación... Ni cl@ve, ni firma, ni nada.
Al fin y al cabo se trata de un prcdto. administrativo y la admin estaría obligada a identificar al interesado y la solicitud debe ir firmada s/Ley39...
¿Le veis encaje o cómo creeis que lo están planteando?

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palindromo
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Re: Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por palindromo »

DonCecilio escribió:
08 Abr 2021, 11:24
¿Os habéis apuntado?
No por el momento, pero me ha dado curiosidad tu comentario, así que he explorado un poquito.
DonCecilio escribió:
08 Abr 2021, 11:24
Me ha sorprendido mucho que para apuntarse sólo te pidan un correo-e y te manden un link de activación... Ni cl@ve, ni firma, ni nada.
Al fin y al cabo se trata de un prcdto. administrativo y la admin estaría obligada a identificar al interesado y la solicitud debe ir firmada s/Ley39...
¿Le veis encaje o cómo creeis que lo están planteando?
Hombre, no es a lo que estamos acostumbrados a decir, así que demos un repaso a la Ley 39 (me quedo con la parte que me interesa, y subrayo de mi cosecha)
Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.
2. Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de los sistemas siguientes:
c) Sistemas de clave concertada y cualquier otro sistema, que las Administraciones consideren válido en los términos y condiciones que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad, previa autorización [...] que solo podrá ser denegada por motivos de seguridad pública, [...]
Las Administraciones Públicas deberán garantizar que la utilización de uno de los sistemas previstos en las letras a) y b) sea posible para todo procedimiento, aun cuando se admita para ese mismo procedimiento alguno de los previstos en la letra c).
(El artículo 26.2 del nuevo Reglamento de desarrollo repite esto sin cambiar una coma.)
Así que tu extrañeza (y la mía) parecen totalmente justificadas.
La Ley 39/2015 contiene a las Comunidades Autónomas en su ámbito subjetivo, así que no parece que haya vía de escape por ese lado.
¿Y por la parte del Reglamento (en la medida en que repite ese artículo literalmente, la sospecha es que no)?
Disposición final primera. Títulos competenciales.
3. No tiene carácter básico y será de aplicación únicamente en el ámbito estatal lo dispuesto en:
b) El segundo párrafo del apartado 3 del artículo 3, los artículos 6, 7.4, 8, 10.3, 10.4, 13.2, 17, 18.2, 19.3, 19.4, 21.4, 23.2, 24, 25.4, 28.3, 30.2, 31, 33, 36, 38.1, [...]
es decir, no se cita en artículo 26 en la excepción al carácter básico, como era de esperar.
Con lo cual, si volvemos al apartado 2.a) del artículo 9 de la Ley 39/2015 (o del 26 del RD de desarrollo)
a) Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la ‘‘Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación’’.
parece que, al menos, el DNI electrónico o el típico certificado de la FNMT deberían haber estado previstos como medios de identificación supletorios en este procedimiento de inscripción.
De hecho, hay integración con cl@ve, si no me equivoco, en la parte del pago de tasas. Pero esta parte la hace la JCCM, mientras que (deduzco) la inscripción la gestiona una empresa externa, desde un dominio específico que, si no he mirado mal, no parece pertenecer a la JCCM.
Dicho esto, ¿quién es el valiente que impugna el procedimiento de inscripción por hacerse de una manera más sencilla que con el DNI electrónico?
Desde la barrera.

DonCecilio
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Re: Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por DonCecilio »

palindromo escribió:
08 Abr 2021, 20:45
parece que, al menos, el DNI electrónico o el típico certificado de la FNMT deberían haber estado previstos como medios de identificación supletorios en este procedimiento de inscripción.
Interesante.
Totalmente cierto que el certificado-e debería estar admitido como bien dices s/Ley39 y en eso no parece cumplir...

Quitando ese GRAN detalle y poniéndonos en la piel de tener que justificar el cumplimiento de este sistema en referencia a Ley39, 40 y ENS , más que nada porque me parece que puede ser un ejemplo de fomentar la usabilidad vs cumplimiento normativo. Unas ideas rápidas por si te interesa aportar las tuyas...
  • Id. de la administración: :o Conexión segura con certificado, que si hurgas un poco parece que smlsistemas será algún organismo asociado a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Parece que vale
  • Identificación del interesado: :? No cumple ofrecer el sistema a) del art9 de la Ley39 como dices. Y el sistema alternativo podría ser clave/contraseña con un registro previo telemático. Suponemos que es un sistema de categoría baja y por tanto podría encajar con eIDAS y ENS en tanto en cuanto puedas considerar ese registro previo la verificación del email. Pero lo que me chirría es hasta qué grado este registro previo verificando tu correo verifica tu identidad. Lo veo diferente de cl@vePin o Permanente o la clave/contraseña del Portal de Transparecia, en éstos al menos metes en ambos la caducidad de tu DNI y con eso ya te mandan una activación y algo más de certidumbre tienes (conoces la fecha de caducidad de tu DNI). ¿Hasta qué punto un link de activación verifica tu identidad? ¿No verifica tan sólo que tienes acceso a ese correo y no tu identidad?. En cualquier me interesa cómo se puede defender clave/contraseña en un caso real en un procedimiento administrativo (y por ende en un servicio). Me sorprende (y me gusta, no lo voy a negar) cumplir el ENS y demás legislación así y que verificar un correo para recibir la credencial de forma telemática pueda ser un sistema admitido legalmente para la identificación y con eso ya cumples en categoría baja... Ya se me va la cabeza un paso más y que se pudiera usar OAUTH por ejemplo con tu acceso con google. Conclusión: No se si vale o no.
  • Firma de la administración. :) Parece que se trata de AAA y suelta un CSV. Pues parece que OK
  • Firma del interesado: :? ¿Usará un sistema de firma no criptográfica? Das tu consentimiento para firmar, ¿pero recabará el sistema esas evidencias y las sella como viene en la resolución de la SGAD sobre firma no criptográfica? Quizás puedas decir que el propio resguardo (gráficamente precioso por cierto) ya es un tipo de firma no criptográfica con el CSV ( tras dar tu consentimiento la admin firma encima de tu acción y recoge todos tus datos de identificación, con lo que ya hay garantías de integridad, autenticación y no repudio) pero lo veo cojo. Conclusión: Me gusta, pero no se si vale o no.
Total, que aquí estoy, intentando reflexionar entre la tensión usabilidad/cumplimiento formal y material normativo e intentando saber si este sistema de inscripción a procesos selectivos de una CA, que existe, funciona y va en otra dirección de lo que solemos poner en los exámenes en papel, es un buen ejemplo de lo que se puede hacer a favor de la usabilidad, hace aguas o símplemente me estoy perdiendo y aplicando criterios que no aplican o son matizables por las CA

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palindromo
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Re: Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por palindromo »

Pues... pocas apostillas se me ocurren a lo que alegas. Coincido contigo en que parece que se ha querido primar la usabilidad del sistema de inscripciones, lo cual, teniendo en cuenta que es el mismo para todas las oposiciones de la OEP, de todas las categorías, parece bastante razonable. Que los que nos presentamos a oposiciones TIC hemos de tener una cierta soltura con la tecnología y los certificados, pero no se puede esperar que sea el caso general (y es algo que tendemos a olvidar, encerrados en nuestro círculo tecnológico).
Si acaso...
DonCecilio escribió:
09 Abr 2021, 10:03
[...]
  • Id. de la administración: :o Conexión segura con certificado, que si hurgas un poco parece que smlsistemas será algún organismo asociado a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Parece que vale
A mi no me queda tan claro que smlsistemas sea un organismo, a mi me parece que es una empresa que ha conseguido el contrato para organizar todo este tinglado. Eso sí, he buscado sin éxito la licitación en la plataforma de contratación de la JCCM, que hubiera sido la prueba definitiva.
DonCecilio escribió:
09 Abr 2021, 10:03
  • Identificación del interesado: :? No cumple ofrecer el sistema a) del art9 de la Ley39 como dices. Y el sistema alternativo podría ser clave/contraseña con un registro previo telemático. Suponemos que es un sistema de categoría baja y por tanto podría encajar con eIDAS y ENS en tanto en cuanto puedas considerar ese registro previo la verificación del email. Pero lo que me chirría es hasta qué grado este registro previo verificando tu correo verifica tu identidad. Lo veo diferente de cl@vePin o Permanente o la clave/contraseña del Portal de Transparecia, en éstos al menos metes en ambos la caducidad de tu DNI y con eso ya te mandan una activación y algo más de certidumbre tienes (conoces la fecha de caducidad de tu DNI). ¿Hasta qué punto un link de activación verifica tu identidad? ¿No verifica tan sólo que tienes acceso a ese correo y no tu identidad?. En cualquier me interesa cómo se puede defender clave/contraseña en un caso real en un procedimiento administrativo (y por ende en un servicio). Me sorprende (y me gusta, no lo voy a negar) cumplir el ENS y demás legislación así y que verificar un correo para recibir la credencial de forma telemática pueda ser un sistema admitido legalmente para la identificación y con eso ya cumples en categoría baja... Ya se me va la cabeza un paso más y que se pudiera usar OAUTH por ejemplo con tu acceso con google. Conclusión: No se si vale o no.
Aquí es donde me parece que encaja mejor el discurso de la usabilidad, y también la consideración del riesgo del sistema. Es decir, ¿qué se arriesga no siendo estrictos en la validación de los usuarios?, ¿que le gaste una broma a mi primo de Cuenca y le apunte a una oposición sin que lo sepa, pagando la correspondiente tasa? Parece que podemos asumir que, en este caso, todas las altas van a ser legítimas. Y, total, si apunto a mi primo alegando que está en el paro y me ahorro la tasa, es automática la comprobación y la consiguiente denegación salvo que subsane... y ya que el primo decida (si es que puse su dirección de correo, claro). Lo que quiero decir con esta chorrada es que ningún empleado público va a perder ni un solo minuto de su tiempo en subsanar el uso "fraudulento" de este sistema.
Quedaría por dilucidar, si nos ponen un ejercicio así, si estas serían las palabras más adecuadas para que el tribunal compre la elección. Me da que no.
DonCecilio escribió:
09 Abr 2021, 10:03
[...]
  • Firma del interesado: :? ¿Usará un sistema de firma no criptográfica? Das tu consentimiento para firmar, ¿pero recabará el sistema esas evidencias y las sella como viene en la resolución de la SGAD sobre firma no criptográfica? Quizás puedas decir que el propio resguardo (gráficamente precioso por cierto) ya es un tipo de firma no criptográfica con el CSV ( tras dar tu consentimiento la admin firma encima de tu acción y recoge todos tus datos de identificación, con lo que ya hay garantías de integridad, autenticación y no repudio) pero lo veo cojo. Conclusión: Me gusta, pero no se si vale o no.
¡Aja! No repudio. Va a ser el concepto. La JCCM no va a repudiar nada, porque se ajusta al sistema que ha diseñado. ¿Y mi primo? Basta con que no siga adelante con el proceso si es que no le interesa.
DonCecilio escribió:
09 Abr 2021, 10:03
Total, que aquí estoy, intentando reflexionar entre la tensión usabilidad/cumplimiento formal y material normativo e intentando saber si este sistema de inscripción a procesos selectivos de una CA, que existe, funciona y va en otra dirección de lo que solemos poner en los exámenes en papel, es un buen ejemplo de lo que se puede hacer a favor de la usabilidad, hace aguas o símplemente me estoy perdiendo y aplicando criterios que no aplican o son matizables por las CA
En fin, como ves, meras apostillas.
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DonCecilio
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Re: Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por DonCecilio »

palindromo escribió:
09 Abr 2021, 23:44
Aquí es donde me parece que encaja mejor el discurso de la usabilidad, y también la consideración del riesgo del sistema. Es decir, ¿qué se arriesga no siendo estrictos en la validación de los usuarios?, ¿que le gaste una broma a mi primo de Cuenca y le apunte a una oposición sin que lo sepa, pagando la correspondiente tasa? Parece que podemos asumir que, en este caso, todas las altas van a ser legítimas. Y, total, si apunto a mi primo alegando que está en el paro y me ahorro la tasa, es automática la comprobación y la consiguiente denegación salvo que subsane... y ya que el primo decida (si es que puse su dirección de correo, claro). Lo que quiero decir con esta chorrada es que ningún empleado público va a perder ni un solo minuto de su tiempo en subsanar el uso "fraudulento" de este sistema.
Quedaría por dilucidar, si nos ponen un ejercicio así, si estas serían las palabras más adecuadas para que el tribunal compre la elección. Me da que no.
Pues no se si serían las palabras más adecuadas, peor me parece que explica muy bien la situación :lol:

En fin, con la tontería de apuntarse a las plazas, han surgido un buenas reflexiones. No está mal ver que al final se pueden encajar diferentes enfoques

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Re: Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por palindromo »

DonCecilio escribió:
16 Abr 2021, 09:50
Pues no se si serían las palabras más adecuadas, peor me parece que explica muy bien la situación :lol:
Es verdad, tenía que haber dicho que no se percibe riesgo económico, ni para el organismo ni para el ciudadano, ni riesgo reputacional (éste, para el organismo). Pero era muy tarde ya, y no me salían las palabras de examen. :roll:
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Re: Puestos de todas las categorías en Castilla - La Mancha

Mensaje por Miguelinho »

Buenas.

Mucho tiempo sin entrar ni escribir por PreparaTIC.

¿Qué tal os ha ido a los presentados por Castilla-La Mancha? Yo he ido hoy al A1. Me ha parecido asequible. Además, al restar 0.25 las incorrectas se podía arriesgar, aunque la gestión del riesgo es una estrategia muy personal.

Ánimo y suerte,
Miguel

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