Hola,
la pregunta 53 dice:
53. ¿Cuál de las siguientes funciones no corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital?
A. Gestionar el Registro de Operadores
B. Establecer obligaciones específicas de operadores con poder significativo
C. Proponer al gobierno la aprobación de los planes de numeración
D. Administración del dominio público radioeléctrico
La respuesta A creo que es una función de la CNMC y que el Ministerio gestiona el registro de instaladores. Por lo tanto A y B no serían funciones del Ministerio.
El Registro de Operadores depende de la CNMC, aquí está el https://sede.cnmc.gob.es/tramites/telec ... nicaciones.
El Registro de Instaladores de telecomunicación depende del Ministerio, aquí está el http://tramites.administracion.gob.es/c ... 51c013d71d.
¿Estoy en lo cierto?
Fernando
Pregunta 53 simulacro PreparaTIC
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Re: Pregunta 53 simulacro PreparaTIC
Hola,
según veo en el enlace que has puesto pone que esa gestión es de forma transitoria
La gestión del Registro de Operadores corresponde transitoriamente a la CNMC, de acuerdo con la disposición transitoria décima de la LGTel.
Y si buscas en el RD de MAETD
Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Artículo 11. Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
y) La gestión del registro de operadores de comunicaciones electrónicas.
Sin ser yo quién ha puesto la pregunta, diría que la A es correcta, ya que el RD es de 2020 y la LGTelecomunicaciones es anterior
Un saludo
según veo en el enlace que has puesto pone que esa gestión es de forma transitoria
La gestión del Registro de Operadores corresponde transitoriamente a la CNMC, de acuerdo con la disposición transitoria décima de la LGTel.
Y si buscas en el RD de MAETD
Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Artículo 11. Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
y) La gestión del registro de operadores de comunicaciones electrónicas.
Sin ser yo quién ha puesto la pregunta, diría que la A es correcta, ya que el RD es de 2020 y la LGTelecomunicaciones es anterior
Un saludo
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Re: Pregunta 53 simulacro PreparaTIC
Hola,
Para poner esta pregunta nos hemos basado en el Real Decreto 403/2020. El comentario de @CBARRA lo explica bastante bien.
Por añadir algo, la Disposición Transitoria Tercera de este Real Decreto indica:
Hasta que no se produzca la integración de personal y medios prevista en la disposición adicional primera de este real decreto y por orden de la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, se determine la fecha de ejercicio efectivo por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de las funciones en materia de telecomunicaciones a que se hace referencia en la misma disposición, de acuerdo con la disposición transitoria décima de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, tales funciones seguirán siendo desempeñadas por la CNMC.
Para poner esta pregunta nos hemos basado en el Real Decreto 403/2020. El comentario de @CBARRA lo explica bastante bien.
Por añadir algo, la Disposición Transitoria Tercera de este Real Decreto indica:
Hasta que no se produzca la integración de personal y medios prevista en la disposición adicional primera de este real decreto y por orden de la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, se determine la fecha de ejercicio efectivo por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de las funciones en materia de telecomunicaciones a que se hace referencia en la misma disposición, de acuerdo con la disposición transitoria décima de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, tales funciones seguirán siendo desempeñadas por la CNMC.
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- fp111 (09 May 2022, 12:28)
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