Hola a todos,
Me he encontrado con la siguiente pregunta:
54) Cuando un trabajador asalariado crea un programa de ordenador, en el ejercicio de sus funciones: [N/C] Ocultar respuesta
Tema: 36. Id Pregunta: 9196.
a) Los derechos de explotación pertenecen al trabajador.
b) Los derechos de explotación pertenecen al empresario.
c) Los derechos morales pertenecen al trabajador
d) Los derechos morales pertenecen al empresario
Da como buena la C. Yo diria que la buena seria la b, tal vez le falte el detalle de "salvo pacto en contrario". He buscado en el RDL 1/1996 pero en la parte de programas de ordenador no hace referencia a esto. ¿Comó lo veis vosotros?
Salu2!
ID 9196 - Tema 36 - derechos morales
- Miguelinho
- Usuario registrado
- Mensajes: 787
- Registrado: 16 Sep 2013, 00:28
- Agradecido: 0
- Agradecimiento recibido: 0
Re: ID 9196 - Tema 36 - derechos morales
Los derechos morales son intransferibles e irrenunciables. Fíjate bien:
Real Decreto Legislativo 1/1996.
Artículo 97. Titularidad de los derechos.
4. Cuando un trabajador asalariado cree un programa de ordenador, en el ejercicio de las funciones que le han sido confiadas o siguiendo las instrucciones de su empresario, la titularidad de los derechos de explotación correspondientes al programa de ordenador así creado, tanto el programa fuente como el programa objeto, corresponderán, exclusivamente, al empresario, salvo pacto en contrario.
Un saludo,
Miguel
Real Decreto Legislativo 1/1996.
Artículo 97. Titularidad de los derechos.
4. Cuando un trabajador asalariado cree un programa de ordenador, en el ejercicio de las funciones que le han sido confiadas o siguiendo las instrucciones de su empresario, la titularidad de los derechos de explotación correspondientes al programa de ordenador así creado, tanto el programa fuente como el programa objeto, corresponderán, exclusivamente, al empresario, salvo pacto en contrario.
Un saludo,
Miguel
-
- PreparaTIC 24
- Mensajes: 16
- Registrado: 14 Oct 2014, 21:18
- Agradecido: 0
- Agradecimiento recibido: 0
Re: ID 9196 - Tema 36 - derechos morales
Hola Miguelinho,
Muchas gracias por tu respuestas. Resumiendo:
La c entonces es correcta ya que los derechos morales son intransferibles y la B digamos que es menos buena ya que podría ser que el empresario y el asalariado hubiesen pactado otra cosa.
Salud2!
Muchas gracias por tu respuestas. Resumiendo:
La c entonces es correcta ya que los derechos morales son intransferibles y la B digamos que es menos buena ya que podría ser que el empresario y el asalariado hubiesen pactado otra cosa.
Salud2!
- Gonza3
- PreparaTIC26
- Mensajes: 29
- Registrado: 25 Jun 2013, 14:00
- Agradecido: 0
- Agradecimiento recibido: 0
Re: ID 9196 - Tema 36 - derechos morales
Buenas!
Por mucho que miro no encuentro nada relacionado acerca que que los derechos de autor de un trabajador asalariado son del trabajador.... es más, según mis apuntes en este caso los derechos de autor son del empresario, ya que es el que le da las directrices de que tiene que hacer. Imaginaos que tengo muy clara como hacer una web pero no tengo tiempo de desarrollarla, y le digo a mi programador contratado que se encargue, pasandole todos los detalles, funcional, diseño, etc.... los derechos serian del programador?
En el caso de que subcontrate el programa a un tercero si que esta claro que los derechos morales son de ese tercero.
Gracias por adelantado!!
Por mucho que miro no encuentro nada relacionado acerca que que los derechos de autor de un trabajador asalariado son del trabajador.... es más, según mis apuntes en este caso los derechos de autor son del empresario, ya que es el que le da las directrices de que tiene que hacer. Imaginaos que tengo muy clara como hacer una web pero no tengo tiempo de desarrollarla, y le digo a mi programador contratado que se encargue, pasandole todos los detalles, funcional, diseño, etc.... los derechos serian del programador?
En el caso de que subcontrate el programa a un tercero si que esta claro que los derechos morales son de ese tercero.
Gracias por adelantado!!
- Miguelinho
- Usuario registrado
- Mensajes: 787
- Registrado: 16 Sep 2013, 00:28
- Agradecido: 0
- Agradecimiento recibido: 0
Re: ID 9196 - Tema 36 - derechos morales
Hola Gonza3,
Comparto mi interpretación. El derecho moral se recoge en el artículo 14 del RDL 1/1996. Son derechos irrenunciables e inalienables. Es el caso general. En el artículo 97, se recalca "derechos de explotación", para el caso de los programas de ordenador. Como no dice nada de los derechos morales, se sigue el caso general. En cualquier caso, no soy jurista y la interpretación de las leyes no es mi campo.
Un saludo,
Miguel
Comparto mi interpretación. El derecho moral se recoge en el artículo 14 del RDL 1/1996. Son derechos irrenunciables e inalienables. Es el caso general. En el artículo 97, se recalca "derechos de explotación", para el caso de los programas de ordenador. Como no dice nada de los derechos morales, se sigue el caso general. En cualquier caso, no soy jurista y la interpretación de las leyes no es mi campo.
Un saludo,
Miguel
- Gonza3
- PreparaTIC26
- Mensajes: 29
- Registrado: 25 Jun 2013, 14:00
- Agradecido: 0
- Agradecimiento recibido: 0
Re: ID 9196 - Tema 36 - derechos morales
Me respondo yo solo.... el funcional y tecnico se considera en el ambito de las ideas, no les amapara la ley...Gonza3 escribió:Buenas!
Por mucho que miro no encuentro nada relacionado acerca que que los derechos de autor de un trabajador asalariado son del trabajador.... es más, según mis apuntes en este caso los derechos de autor son del empresario, ya que es el que le da las directrices de que tiene que hacer. Imaginaos que tengo muy clara como hacer una web pero no tengo tiempo de desarrollarla, y le digo a mi programador contratado que se encargue, pasandole todos los detalles, funcional, diseño, etc.... los derechos serian del programador?
En el caso de que subcontrate el programa a un tercero si que esta claro que los derechos morales son de ese tercero.
Gracias por adelantado!!
Disculpad por la confusion.
- Gonza3
- PreparaTIC26
- Mensajes: 29
- Registrado: 25 Jun 2013, 14:00
- Agradecido: 0
- Agradecimiento recibido: 0
Re: ID 9196 - Tema 36 - derechos morales
Pues no le doy mas vueltas, tiene todo el sentido, te lo comproMiguelinho escribió:Hola Gonza3,
Comparto mi interpretación. El derecho moral se recoge en el artículo 14 del RDL 1/1996. Son derechos irrenunciables e inalienables. Es el caso general. En el artículo 97, se recalca "derechos de explotación", para el caso de los programas de ordenador. Como no dice nada de los derechos morales, se sigue el caso general. En cualquier caso, no soy jurista y la interpretación de las leyes no es mi campo.
Un saludo,
Miguel
Muchas gracias Miguelinho!