ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

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emiliomartin
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ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

Mensaje por emiliomartin »

67) La habilitación para la representación de terceros prevista en el Real Decreto 1671/2009 permite a las personas o entidades habilitadas
a. La presentación y recogida de escritos, solicitudes y comunicaciones en cualquier procedimiento
b. La presentación y recogida de escritos, solicitudes y comunicaciones en los procedimientos expresamente autorizados
c. La presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones en cualquier procedimiento
d. La presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones en los procedimientos expresamente autorizados

Según el test la respuesta correcta es la a, pero el R.D 1671/2009 dice
Art 14. 3.
La habilitación sólo confiere a la persona autorizada la condición de representante para intervenir en los actos expresamente autorizados. No autoriza a recibir ninguna comunicación de la Administración en nombre del interesado, aun cuando éstas fueran consecuencia del documento presentado.

La verdad que después de leer lo anterior creo que ninguna es correcta del todo ¿que opináis?

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nuriabenn
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Re: ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

Mensaje por nuriabenn »

Estoy de acuerdo, yo hubiera descartado todas las que incluyeran la comunicaciones

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varzam_85
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Re: ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

Mensaje por varzam_85 »

Creo que cuando dice comunicaciones en c y d se refiere a las presentadas por el representante ante la administración y no al revés, que sería lo que no está permitido. Por eso dice sólo "presentación" frente a "presentación y recogida" de las respuestas a y b.

Imagino que con comunicaciones aquí se refiere al concepto general de comunicar algo a la administración (por ejemplo, un cambio de residencia) y no al de "notificaciones y comunicaciones" en el marco de un procedimiento administrativo.

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Itinerante
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Re: ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

Mensaje por Itinerante »

En este hilo hablábamos del tema.

http://foro.preparatic.org/viewtopic.ph ... 195#p39533

Yo habría marcado la D) ateniéndonos al articulado:

Artículo 14. Régimen de la representación habilitada ante la Administración.

3. La habilitación sólo confiere a la persona autorizada la condición de representante para intervenir en los actos expresamente autorizados. No autoriza a recibir ninguna comunicación de la Administración en nombre del interesado, aun cuando éstas fueran consecuencia del documento presentado.

4. La representación habilitada sólo permite la presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones en los registros electrónicos correspondientes al ámbito de la habilitación.
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varzam_85
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Re: ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

Mensaje por varzam_85 »

No me había dado cuenta de que daban por correcta la a, pensaba que el problema estaba únicamente en que incluía las comunicaciones. Yo también creo que es la D...

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nuriabenn
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Re: ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

Mensaje por nuriabenn »

Yo creo que la más correcta es la D, pero viendo el texto del RD lo suyo es que lo pongan tal cual, que luego entramos en los líos de "y" "o"etc

phdezv
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Re: ID 6195 Tema 43 RD 1671/2009

Mensaje por phdezv »

nuriabenn escribió:Yo creo que la más correcta es la D, pero viendo el texto del RD lo suyo es que lo pongan tal cual, que luego entramos en los líos de "y" "o"etc
La D es correcta sin dudas, atendiendo al articulado del RD 1671 que nos ha citado Itinerante:

Artículo 14. Régimen de la representación habilitada ante la Administración.

3. La habilitación sólo confiere a la persona autorizada la condición de representante para intervenir en los actos expresamente autorizados. No autoriza a recibir ninguna comunicación de la Administración en nombre del interesado, aun cuando éstas fueran consecuencia del documento presentado.

4. La representación habilitada sólo permite la presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones en los registros electrónicos correspondientes al ámbito de la habilitación.
Imposible es sólo una apreciación, como tantas otras. :wink:

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