Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

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v_b_v_madrid
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Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por v_b_v_madrid »

Buenas a todos,

Repasando las defensas de este año, me ha surgido una duda.
¿Aplica la ley 11/2007 a la Administracion de justicia?
Tengo entendido que no, pero no entiendo porque.

¿La administración de justicia no es AGE?

¿Puede alguien arrojar algo de luz sobre esto?

Muchas gracias

Siento si el tema ya ha sido respondido, he usado la busqueda, pero no he encontrado nada útil.

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luke2
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por luke2 »

Yo diría que la Administración de Justicia no es AGE. La AGE es poder ejecutivo, y la Administración de Justicia es el poder judicial (jueces y magistrados).

No hay que confundir Administración de Justicia con Ministerio de Justicia, éste sí pertenece a la AGE.

ard
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por ard »

Hola
Yo creo que la Administración de la Justicia no es Administración Publica y su proceso de modernización se regirá por una ley que están aprobando ahora para regulación del uso de las TIC en la Administración de la Justicia (el anteproyecto se presentó a principios de Marzo en el Consejo de Ministros)

Este es el borrador de la ley http://www.mjusticia.es/cs/Satellite/12 ... 11.PDF.PDF

La exposición de motivos explica mas o menos la diferencia entre las AAPP y la Administración de Justicia, al final la ley es similar a la 11/2007 pero aplicada a la Admon de Justicia (por ejemplo indica cómo realizar una copia auténtica de un documento judicial, cómo aplica el Esquema de Interoperabilidad y Seguridad de la Justicia, etc.)

Walia
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por Walia »

ard escribió: La exposición de motivos explica mas o menos la diferencia entre las AAPP y la Administración de Justicia, al final la ley es similar a la 11/2007 pero aplicada a la Admon de Justicia (por ejemplo indica cómo realizar una copia auténtica de un documento judicial, cómo aplica el Esquema de Interoperabilidad y Seguridad de la Justicia, etc.)
El Epígrafe III de la EdM deja clarísimas las diferencias entre AAPP y AJ. Entiendo que tengas dudas, ard porque todos somos muy cautos a la hora de ser taxativos en cosas de leyes. Sin embargo, aquí hay un Juez que dice claramente que la L11/2007 NO APLICA a la Administración de Justicia:
http://www.webcastlive.es/4enise/archiv ... dicial.pdf (página 2).

Si lo dice un juez, y se está haciendo un Proyecto de Ley ad-hoc, bien podemos decir que la Ley 11/2007 no aplica a la AJ. Por tanto, el ENI tampoco aplica.

Lástima que el tribunal no se pronuncie.
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cantimploro
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por cantimploro »

Me temo que no tener adecuadamente en cuenta estas diferencias, nos hundió a más de uno :(

ard
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por ard »

Walia escribió:Si lo dice un juez, y se está haciendo un Proyecto de Ley ad-hoc, bien podemos decir que la Ley 11/2007 no aplica a la AJ. Por tanto, el ENI tampoco aplica.
Si, estoy de acuerdo contigo Walia. Yo creo que el hecho de que el proceso en que se enmarca la cesión de datos sea un proceso penal (un procedimiento judicial, vamos) y que la policia judicial dependan funcionalmente del poder judicial en ese caso hace que se aplique esta ley, pero vamos es mi opinión, no está nada claro.

Lo veo más claro por ejemplo en el caso de digitalizar la orden (que es un documento judicial), ya que según esta nueva ley (art 27) sólo la firma electrónica de una oficina judicial (imagino que del secretario judicial o del propio juez) podría hacer que la copia fuese auténtica... aunque creo que en el examen casi todos escribimos que se firmaría con los medios de firma de procedimientos administrativos de la ley 11/2007 (me parece una cuestión rebuscada para darse cuenta haciendo el examen, o igual ni siquiera es correcto lo que digo).

Para lo del ENI, la disposición adicional octava indica que para todo lo que no esté previsto en esa ley (y por tanto en el EJIS) si que aplicará la Ley 11/2007 (y entiendo que el ENI), así que igual basándose en eso se podría justificar que puede aplicar en algún punto...

Walia
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por Walia »

ard escribió: ... Yo creo que el hecho de que el proceso en que se enmarca la cesión de datos sea un proceso penal (un procedimiento judicial, vamos) y que la policia judicial dependan funcionalmente del poder judicial en ese caso hace que se aplique esta ley, pero vamos es mi opinión, no está nada claro.
:?: :? ¿Querías decir acaso ..hace que NO se aplique la ley..?
ard escribió:Lo veo más claro por ejemplo en el caso de digitalizar la orden (que es un documento judicial), ya que según esta nueva ley (art 27) sólo la firma electrónica de una oficina judicial (imagino que del secretario judicial o del propio juez) podría hacer que la copia fuese auténtica... aunque creo que en el examen casi todos escribimos que se firmaría con los medios de firma de procedimientos administrativos de la ley 11/2007 (me parece una cuestión rebuscada para darse cuenta haciendo el examen, o igual ni siquiera es correcto lo que digo).

Para lo del ENI, la disposición adicional octava indica que para todo lo que no esté previsto en esa ley (y por tanto en el EJIS) si que aplicará la Ley 11/2007 (y entiendo que el ENI), así que igual basándose en eso se podría justificar que puede aplicar en algún punto...
:?: :| No sé a qué ley te refieres. La Ley 11 sólo tiene 6 Disposiciones adicionales, y, por si la confusión es entre Final y Adicional, en la DF8 tampoco parece que cuadre. En cualquier caso, poco sé de Derecho, pero sí que tengo claro que hay una jerarquía de conceptos, con la que NUNCA puede ocurrir que una parte del articulado de la Ley (lo cual incluye, claro está a las disposiciones del final) se aplique fuera del ámbito de aplicación de la misma. Explícalo algo mejor, que yo no lo entiendo.
cantimploro escribió:Me temo que no tener adecuadamente en cuenta estas diferencias, nos hundió a más de uno
No creas. He visto muchos aprobados que incluían certificados electrónicos de los definidos en el RD 1671/2009, y se han quedado tan panchos. Lo que yo me temo es que, o bien el Tribunal ha puesto esos temas para hacer un poco de debate, para ver como hablábamos del contexto legal, pero ignorando el contenido de las conclusiones, o bien que, por el contrario, tampoco tenían una posición acordada al respecto. Recuerdo a la presidenta del tribunal suplente (en las primeras lecturas) hacer pregunta expresa sobre que "¿por qué dice Vd. que aplica el ENI?¿en qué se basa?" Pero fue la única persona que pareció haberle dado importancia a ese tema.
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jfuentes
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por jfuentes »

ard escribió:No creas. He visto muchos aprobados que incluían certificados electrónicos de los definidos en el RD 1671/2009, y se han quedado tan panchos. Lo que yo me temo es que, o bien el Tribunal ha puesto esos temas para hacer un poco de debate, para ver como hablábamos del contexto legal, pero ignorando el contenido de las conclusiones, o bien que, por el contrario, tampoco tenían una posición acordada al respecto. Recuerdo a la presidenta del tribunal suplente (en las primeras lecturas) hacer pregunta expresa sobre que "¿por qué dice Vd. que aplica el ENI?¿en qué se basa?" Pero fue la única persona que pareció haberle dado importancia a ese tema.
Ummm... Creo que ellos saben perfectamente lo que aplica y lo que no. En todas las lecturas que vi (unas 15-16) salió algo sobre la aplicación de alguna ley: aplica Ley 11? aplica ENI? aplica ENS? aplica LOPD? No lo preguntaban directamente pero se podía entender por dónde iban los tiros. Por ejemplo, hubo preguntas del tipo "¿Cuáles son los medios de firma que permite la ley?" sin especificar la ley, con lo cual si ya empezabas la respuesta diciendo "la ley 11 dice que blabla" pues ya estabas diciendo q pensabas q aplicaba la ley 11. O "¿realmente piensa usted que es necesario hacer una auditoría?" y si la respuesta es "la lopd nos dice que balblabla" pues es que dices q aplica lopd.
Creo que a todos o casi todos nos preguntaron algo que era extrapolable a la pregunta "¿qué leyes cree usted que se aplican a este supuesto?".
Eso sí, creo que vieron que estábamos todos tan perdidos que al final tuvieron que aplicar algún otro criterio para aprobar. Pero no deja de ser mi opinión.

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peper_2009
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por peper_2009 »

Creo que estáis olvidando la relación operador (ciudadano, ver anexo ley 11) - Ministerio del Interior. Estamos por lo tanto en un caso de aplicación de ley 11. En cuanto a la relación Admon Justicia - Ministerio del Interior, es que da igual si aplica o no. Quiero decir, la orden llega en papel, con lo cual no hay que tener en cuenta nada electrónico porque ya en el enunciado (página 1) se deja claro que llega en este formato. Sólo en el apartado A (página 3) se empieza a hablar de que hay que hacer esta comunicación electrónica.

ard
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por ard »

Walia escribió: :?: :? ¿Querías decir acaso ..hace que NO se aplique la ley..?
....
:?: :| No sé a qué ley te refieres. La Ley 11 sólo tiene 6 Disposiciones adicionales,
Perdona Walia, me referia todo el rato a la ley reguladora del uso de las TIC en la Admon de la Justicia, no a la Ley 11/2007. Y sobre todo a aspectos relacionados con la orden judicial (condicion para que la digitalización sea auténtica, etc).

Como comenta peper_2009 para el resto del sistema del ministerio que no interactúa con Justicia estoy de acuerdo que puede aplicar la Ley 11/2007, pero para todo lo que tenga que ver con las relaciones con la justicia y la orden judicial en mi opinión aplicaría la ley reguladora de la Admon de Justicia.

Walia
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por Walia »

Ojo, que en la Ley actualmente vigente sobre procedimiento judicial (*), no está explícitamente regulado lo de las nuevas tecnologías.

(*) No sé cual o cuales son las aplicables a este caso, lo siento. Es que no viene en el temario, pero hay tantas: Enjuiciamiento Criminal, Enjuiciamiento civil, etc.
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cantimploro
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Re: Ley 11/2007 y Administracion de Justicia

Mensaje por cantimploro »

El tema es que casi todo es defendible, si se defiende bien. Pero si desde el principio en el examen no se han tenido adecuadamente en cuenta los matices que aplican en un proceso penal y en Administración de Justicia, o como mucho se han dejado un poco en el limbo, la defensa puede ser muy complicada.

Por ejemplo, el ENI: pues se puede argumentar que aplica. Pero no es lo mismo argumentar:

a) la aplicación de la Ley 11 con los operadores (y por qué)
b) la conveniencia de usar formatos abiertos e interoperables en cualquier caso, incluso cuando no son requeridos (y por qué)
c) el hecho de que para las relaciones con la administración de justicia no aplica (y por qué)
d) el hecho de que el EJIS convergerá en principio con el ENI en materia de interoperabilidad y que en ausencia de regulación específica el ENI es un marco de gestión de interoperabilidad adecuado, y el único definido como tal para las administraciones.
e) el anteproyecto de ley de uso de las TIC en la administración de justicia, que apoya esta línea argumental.

Pues yo creo que esto sería valorado positivamente. En cambio si desde el principio dices: a "Justicia como a todo quisque le aplica la ley 11 y el ENI", y lo complementas con un plantillazo de ENI, pues ya no es lo mismo.

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