Creo que no hay discusión en que ni la a) (no conozco ningún órgano suprimido con esas funciones) ni la d).23. ¿Existe un órgano colegiado encargado de la preparación, elaboración, desarrollo y aplicación de la política y estrategia del Gobierno en materia de Tecnologías de la Información?
a) No. Ha sido suprimido.
b) Sí. La Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la AGE.
X c) Sí. El Consejo Superior de Administración Electrónica.
d) Sí. La Comisión Interministerial de Administración Electrónica.
Hay que reconocer que entre las funciones de la DTIC de la AGE no se encuentra lo que indica el enunciado, según se dice en RD 695/2013, por lo que la b) no es correcta.
Pero si nos fijamos en el RD 589/2005, en su artículo 4, tampoco veo yo que la c) pueda serlo:
El RD dice claramente que el CSAE, según sea la política del Gobierno en materia de TI, debe fijar líneas estratégicas en materia de TI,.... pero para ser seguidas por la Administración y no por el Gobierno que es lo que indica el enunciado. Está claro por tanto:RD 589/2005 - Art 4 escribió: ...a) La fijación de las líneas estratégicas, de acuerdo con la política del Gobierno establecida en materia de tecnologías de la información, así como el impulso y la coordinación de la Administración electrónica en la Administración General del Estado.
b) El establecimiento de las directrices generales en estas materias que sirvan de base para la elaboración por los distintos ministerios de los planes estratégicos departamentales previstos en el artículo 9, así como su informe, seguimiento y control.
- Que el CSAE no elabora la política ni la estrategia del Gobierno en materia de TI. Esto sería contra natura, ya que en la Constitución se dice que el Gobierno dirige la Administración del Estado. El Gobierno es el que decide su propia política, y son los propios ministerios los que elaboran los planes estratégicos departamentales.
- Que no es el CSAE sino los ministerios los que realizan el informe, seguimiento y control de la aplicación de los planes estratégicos, por lo que el CSAE no puede ser el órgano colegiado que realiza estas funciones.
¿Impugnable?