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Pregunta 66

Publicado: 26 Nov 2013, 17:48
por Astrid
Creo que de acuerdo al Artículo 80. Niveles de seguridad
Las medidas de seguridad exigibles a los ficheros y tratamientos se clasifican en tres niveles: básico, medio y alto.

y al Artículo 81. Aplicación de los niveles de seguridad.

la opción d) los ficheros y los tratamientos de datos de carácter personal se clasifican en tres niveles: básico, medio y alto.

sería más que discutible.... pueden alegar aquello de que hablan de medidas y no de ficheros y tratamientos pero a mi me parece que sinceramente esta pregunta es bastante ambigua... o más

Re: Pregunta 66

Publicado: 27 Nov 2013, 08:28
por jolumafe
Así son las leyes, ambiguas a primera vista pero con matices importantes si se leen más detenidamente.

La respuesta d) dice: los ficheros y los tratamientos de datos de carácter personal se clasifican en
El Real Decreto dice: las medidas de seguridad exigibles a los ficheros y tratamientos se clasifican en

El Real Decreto no clasifica los ficheros en ese artículo 80, sino que clasifica las medidas de seguridad.