Bueno, aquí si que creo que os puedo ayudar a todos y espero seros útil.aprasha escribió:Sí, por favor. Y si dan algo confirma si es genérico para todos o especial de tu Ministerio/Organismo.Anasan escribió:Buenos días,
Soy de promocion interna. He hablado con mi habilitada y me han dicho que lo van a mirar. Si me entero de algo os digo.
Saludos
Lo digo porque yo soy de promoción interna, y aquí, en la Agencia Tributaria, tenemos la "Acción social" que, antiguamente, te pagaban los viajes, el alojamiento, las dietas, etc... Ahora con los recortes sólo me han pagado un libro y los apuntes del CEF.
Y encima yo soy de Canarias, así que imagínate lo que me he dejado estos dos años. En fin...
Gracias.
Yo también soy de Canarias y este procedimiento lo conozco porque, al estar a 1500 Kms, si no nos echa una mano nos arruinamos: según el artículo 7 del Real Decreto 462/2002, tenemos derecho a que nos paguen un concepto que se llama "residencia eventual" para cubrir nuestros gastos durante el curso. Explicado a grosso modo, por concurrir a cursos relacionados con la promoción interna, nos deben pagar entre el 50 y el 80% (a decidir por el organismo que hace la comisión) de la dieta entera diaria que nos corresponde como C1. El procedimiento es idéntico al que se realiza cuando te mandan a un curso en Madrid, solo que en lugar de "comisión de servicios" se denomina "residencia eventual". Lo que ya no os puedo aclarar es si un organismo en concreto se puede negar alegando motivos presupuestarios, pero en un principio creo que no sería muy legal...
Cualquier otra duda que os pueda resolver, no dudeis en preguntar, que estamos para echarnos una mano!
P.D. ¿En que parte de Canarias trabajas, Aprasha? Porque igual somos hasta vecinos