ID 8950 - Tema 43 - REC

Responder
Avatar de Usuario
Itinerante
PreparaTIC 24
Mensajes: 1219
Registrado: 02 Sep 2013, 17:26
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por Itinerante »

51) El Registro Electrónico Común será gestionado por:
Tema: 43. Id Pregunta: 8950.
a) El Ministerio de la Presidencia
b) Por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sistemas de la Información
c) Por la Secretaría de Estado para la Función Pública
d) Ninguna de las anteriores es cierta


Marca como correcta la C), pero si nos vamos al RD 1671/2009 sería la A):
Artículo 31-2. El Registro Electrónico Común será gestionado por el Ministerio de la Presidencia.

¡Un saludo! :D
"La confianza te hace imparable" (AENOR)

Avatar de Usuario
Miguelinho
Usuario registrado
Mensajes: 787
Registrado: 16 Sep 2013, 00:28
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por Miguelinho »

Hola Itinerante,

No sabría decir cual es la respuesta a día de hoy. Por un lado, he encontrado esto:
Orden HAP/566/2013, de 8 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico Común.
Artículo 2. Órganos competentes.
1. El Registro Electrónico Común será gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de Modernización Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administración Electrónica. [...]

Por otro lado:
Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Artículo 31. Creación, naturaleza y funcionamiento del Registro Electrónico Común.
(Derogado)
Esta derogación fruto de la Ley 39/2015, no obstante, no ha entrado en vigor. Está publicada.

Sin entrar en cual es la correcta, ¿qué contestaríamos en el examen? ¿Publicado o "en vigor"?

Un saludo,

Miguel

Avatar de Usuario
nuriabenn
PreparaTIC 24
Mensajes: 251
Registrado: 21 Sep 2009, 11:01
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por nuriabenn »

Yo respondería en vigor...

Avatar de Usuario
Itinerante
PreparaTIC 24
Mensajes: 1219
Registrado: 02 Sep 2013, 17:26
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por Itinerante »

¡Gracias Miguelinho!

Me sonaban campanas de una orden de creación de REC "HAP" en lugar de "PRE" y tú me lo has confirmado.

Pero me resulta curioso como se ha contradicho todo con respecto a este registro hasta ahora según lo que hay "en vigor" durante años.

Si nos vamos al RD 1671/2009
Artículo 31.5. Mediante orden del Ministro de la Presidencia se establecerán los requisitos y condiciones de funcionamiento del Registro Electrónico Común...
Debería haber sido una orden "PRE" y no del MINHAP...


Así que con respecto a REC... No sabría como contestar a tu pregunta de si en "vigor" o "publicado" pues no me fío de nada :roll:
"La confianza te hace imparable" (AENOR)

phdezv
PreparaTIC26
Mensajes: 697
Registrado: 18 Abr 2011, 16:00
Ubicación: Madrid 28002
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por phdezv »

Itinerante escribió:¡Gracias Miguelinho!

Me sonaban campanas de una orden de creación de REC "HAP" en lugar de "PRE" y tú me lo has confirmado.

Pero me resulta curioso como se ha contradicho todo con respecto a este registro hasta ahora según lo que hay "en vigor" durante años.

Si nos vamos al RD 1671/2009
Artículo 31.5. Mediante orden del Ministro de la Presidencia se establecerán los requisitos y condiciones de funcionamiento del Registro Electrónico Común...
Debería haber sido una orden "PRE" y no del MINHAP...


Así que con respecto a REC... No sabría como contestar a tu pregunta de si en "vigor" o "publicado" pues no me fío de nada :roll:
Al momento de la publicación de la Ley 11/2007, del RD 1671/2009 ( y muchas de las normas de la administración electrónica) quien llevaba esas cuestiones era el Ministerio de la Presidencia, para su impulso. Después esas facultades pasaron al ministerio que se encargaba de las Administraciones Públicas -MPT hasta 2011- y en esta legislatura ha sido el MinHAP, a través de la SEAP.

De hecho, la primera orden de regulación del REC fue la PRE/3523/2009 (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... 2009-21180), derogada por la HAP/566/2013.

Así, OJO con los cambios estructurales porque los nombres de los ministerios NO se actualizan en las normas. Podemos ver en muchas de las normas aún en vigor "Ministerio de Ciencia y Tecnología", que no existe como tal desde 2008 (creo).

Y la Ley 11/2007, la Ley 30/1992, LOFAGE y demás, están en vigor hasta la fecha que dicen las nuevas leyes, y el BOE lo especifica muy bien. Otra cosa es que pongan fechas específicas o coletillas en la pregunta, y en ese caso habrá que verlo in-situ.
Última edición por phdezv el 13 Ene 2016, 11:36, editado 1 vez en total.
Imposible es sólo una apreciación, como tantas otras. :wink:

Avatar de Usuario
danilinho9
Usuario registrado
Mensajes: 250
Registrado: 10 Oct 2015, 15:17
Ubicación: Madrid
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por danilinho9 »

phdezv escribió:Podemos ver en la muchas de las normas aún en vigor "Ministerio de Ciencia y Tecnología", que no existe como tal desde 2008 (creo).
Una duda de auténtico novato que me ha surgido leyendo esto...¿A quién corresponde, entonces, la potestad sancionadora en la Ley 59/2003 de Firma electrónica para sanciones muy graves? Porque en dicha norma le corresponde tal potestad a dicho ministerio, pero ya no existe como bien dices. Entiendo que en una pregunta tipo test lo correcto sería contestar Ministerio de Ciencia y Tecnología pero ¿y en la práctica?

Avatar de Usuario
Itinerante
PreparaTIC 24
Mensajes: 1219
Registrado: 02 Sep 2013, 17:26
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por Itinerante »

Pues debería ser el MINETUR si no me equivoco :wink:
"La confianza te hace imparable" (AENOR)

phdezv
PreparaTIC26
Mensajes: 697
Registrado: 18 Abr 2011, 16:00
Ubicación: Madrid 28002
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por phdezv »

danilinho9 escribió:
phdezv escribió:Podemos ver en la muchas de las normas aún en vigor "Ministerio de Ciencia y Tecnología", que no existe como tal desde 2008 (creo).
Una duda de auténtico novato que me ha surgido leyendo esto...¿A quién corresponde, entonces, la potestad sancionadora en la Ley 59/2003 de Firma electrónica para sanciones muy graves? Porque en dicha norma le corresponde tal potestad a dicho ministerio, pero ya no existe como bien dices. Entiendo que en una pregunta tipo test lo correcto sería contestar Ministerio de Ciencia y Tecnología pero ¿y en la práctica?
Efectivamente al Ministerio de Industria, Energía y Turismo. A tener en cuenta que hay potestades delegadas en la SETSI. Y otras (de poco interés para nosotros) que se pasaron a Ciencia e Innovación y luego a MinECo que tomó sus competencias.
Imposible es sólo una apreciación, como tantas otras. :wink:

Avatar de Usuario
danilinho9
Usuario registrado
Mensajes: 250
Registrado: 10 Oct 2015, 15:17
Ubicación: Madrid
Agradecido: 0
Agradecimiento recibido: 0

Re: ID 8950 - Tema 43 - REC

Mensaje por danilinho9 »

Muchas gracias phdezv e Itinerante :)

Responder

Volver a “PREGUNTAS TEST - ERRORES Y DUDAS”