17) ¿Cuánto tiempo durarán los derechos de explotación de una obra? [BIEN]
Tema: 36. Id Pregunta: 4507.
a) Hasta la muerte de su autor
b) Setenta anos después de la fecha de divulgación
c) Toda la vida de su autor y setenta anos después de su muerte
d) Los derechos de explotación de una obra nunca se extinguen
Da por buena la C, lo cuál es correcto por la norma general, del artículo 26 del RDLeg 1/96.
Pero la B también es correcta, para las obras colectivas (por el Art. 28) y aquellas póstumas, seudónimas y anónimas (por el Art. 27).
Para que sea correcta sólo la C la pregunta debería especificar alguna de las condiciones anteriores.
¿Cómo lo veis?
ID 4507 - Tema 36 - Duración de derechos de explotación
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Re: ID 4507 - Tema 36 - Duración de derechos de explotación
Pues lo que pienso es que las preguntas a veces se hacen sin ir tan al detalle y pasan estas cosas
El autor creo que pensaba en "persona física" al elaborar la pregunta e introduce la B) como el caso de "persona jurídica" que viene en el temario de ASTIC para despistar. Pero en ningún momento pensó en que existiese la posibilidad que comentas, porque este tema no creo que tenga tal categoría como para ir a la ley directamente y simplemente planteó la pregunta basándose en el resumen de ASTIC.
Conclusión: tienes razón, pero creo que no está en el "espíritu" de la pregunta el llegar tan lejos
El autor creo que pensaba en "persona física" al elaborar la pregunta e introduce la B) como el caso de "persona jurídica" que viene en el temario de ASTIC para despistar. Pero en ningún momento pensó en que existiese la posibilidad que comentas, porque este tema no creo que tenga tal categoría como para ir a la ley directamente y simplemente planteó la pregunta basándose en el resumen de ASTIC.
Conclusión: tienes razón, pero creo que no está en el "espíritu" de la pregunta el llegar tan lejos
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- Miguelinho
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Re: ID 4507 - Tema 36 - Duración de derechos de explotación
Discrepo con ambos. La (b) no siempre es cierta. La (c), si contamos la combinación de la pregunta y la respuesta, sí es cierta (o eso creo).
17) ¿Cuánto tiempo durarán los derechos de explotación de una obra?
c) Toda la vida de su autor y setenta anos después de su muerte
La respuesta dice "su autor", en singular, por tanto, no es el caso de obra colectiva ni anónima. Dice "la vida de su autor", en consecuencia, es irrelevante lo de póstuma. Quizá lo de "seudónima". Aquí ya no sé.
En cualquier caso, veo mas correcta la (c) que la (b). Yo marcaría la (c). Ante la duda, me inclino por lo más parecido a la realidad.
Un saludo y ánimo,
Miguel
17) ¿Cuánto tiempo durarán los derechos de explotación de una obra?
c) Toda la vida de su autor y setenta anos después de su muerte
La respuesta dice "su autor", en singular, por tanto, no es el caso de obra colectiva ni anónima. Dice "la vida de su autor", en consecuencia, es irrelevante lo de póstuma. Quizá lo de "seudónima". Aquí ya no sé.
En cualquier caso, veo mas correcta la (c) que la (b). Yo marcaría la (c). Ante la duda, me inclino por lo más parecido a la realidad.
Un saludo y ánimo,
Miguel
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Re: ID 4507 - Tema 36 - Duración de derechos de explotación
La B es incorrecta porque debería decir que el autor es una persona jurídica, y en todo caso falta la coletilla de 70 años desde la fecha de divulgación contados desde el 1 de enero del año siguiente