Firma electronica

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manchego
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Firma electronica

Mensaje por manchego »

Estoy tratando de buscar alguna documentación "consolidada" respecto a la firma electronica, pero cuanto más busco más confuso estoy. Esto es lo poco que encuentro con un poco de fiabilidad: http://www.minetur.gob.es/telecomunicac ... .aspx#dt12

Entiendo que el Reglamento (UE) 910/2014 es de aplicacion directa sin requerir ninguna trasposición, y por tanto es el que marca la realidad de la firma electronica en el pais.

Entiendo tambien que la ley 59/2003 no está derogada, pero que solo es aplicable de ella, lo que no se contrapone al Reglamento 910/2014.

El problema es que en ambas normas se utilizan terminos distintos para definir las mismas cosas, lo que complica enormemente saber que tiene vigencia y saber que no la tiene

¿alguien lo tiene un poco más claro?
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Miguelinho
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Re: Firma electronica

Mensaje por Miguelinho »

manchego escribió: Entiendo que el Reglamento (UE) 910/2014 es de aplicacion directa sin requerir ninguna trasposición, y por tanto es el que marca la realidad de la firma electronica en el pais.

Entiendo tambien que la ley 59/2003 no está derogada, pero que solo es aplicable de ella, lo que no se contrapone al Reglamento 910/2014.

El problema es que en ambas normas se utilizan terminos distintos para definir las mismas cosas, lo que complica enormemente saber que tiene vigencia y saber que no la tiene
Hola Manchego,

Interpreto exactamente lo mismo que tú. Entiendo que la Ley 59/2003 se modificará para evitar esa confusión terminológica y para armonizarla respecto al Reglamento Europeo 910/2014. Supongo que no se ha hecho todavía al no haberse formado gobierno. Mientras tanto, entiendo que prevalece el Reglamento Europeo. Entiendo que España habrá suscrito algún tratado o convenio en el que se comprometa a respetar cualquier Reglamento Europeo y que éste prevalezca. De hecho, me suena haber oído la palabra "primacía" al hablar de derecho europeo. En otro caso, bastaría hacer una Ley nacional para saltarse los Reglamentos y la UE sería un despiporre.

Un saludo,

Miguel

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Itinerante
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Re: Firma electronica

Mensaje por Itinerante »

Efectivamente la ausencia de Gobierno nos ha dejado en este y otros temas un poco a contrapié :D

El Reglamento es de aplicación directa sin necesidad de transposición. Y ya se hicieron algunas reformas en la Ley 59/2003 para permitir cosas como la "firma en la nube" (antes del 20-D). Pero claro, todavía hace falta una completa "reconversión" para evitar la confusión en términos que existe hoy en día.

Si os fijáis, la Ley 39/2015 ya si estaba preparándose para esto en su artículo 10.

https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565

Pero falta la ley de firma :wink:
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manchego
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Re: Firma electronica

Mensaje por manchego »

A veces uno no tiene claro si va por el buen camino cuando estudia algunas partes del temario, y es de ayuda que la gente con más experiencia nos ayudeis con vuestra visión.

Muchas gracias Miguelinho e Itinerante!!
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AnaL
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Re: Firma electronica

Mensaje por AnaL »

Buenas,

Según el Art 9 del eIDAS, cada Estado notificará su lista de sistemas de identificación de conformidad y la Comisión lo publicará en el DUOE. Según parece, esa lista debería estar ya publicada (sep 2016), pero lo encuentro. ¿Alguien sabe cómo puedo encontrarla? o es que lo estoy interpretando mal...

Muchas gracias.

Un saludo,

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Re: Firma electronica

Mensaje por Itinerante »

AnaL escribió:Buenas,

Según el Art 9 del eIDAS, cada Estado notificará su lista de sistemas de identificación de conformidad y la Comisión lo publicará en el DUOE. Según parece, esa lista debería estar ya publicada (sep 2016), pero lo encuentro. ¿Alguien sabe cómo puedo encontrarla? o es que lo estoy interpretando mal...

Muchas gracias.

Un saludo,
La verdad es que yo tampoco la encuentro, siento no poder ayudarte... ¿Puede que no se haya publicado todavía? :?:

Creo que habría más publicidad si así hubiese sido
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AnaL
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Re: Firma electronica

Mensaje por AnaL »

Gracias por tu respuesta.
En teoría, el Reglamento daba como plazo hasta septiembre de 2016... por lo que debería estar. Pero quién sabe....

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Itinerante
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Re: Firma electronica

Mensaje por Itinerante »

AnaL escribió:Gracias por tu respuesta.
En teoría, el Reglamento daba como plazo hasta septiembre de 2016... por lo que debería estar. Pero quién sabe....
Este año es un año particular. También debería haberse hecho la transposición de la Directiva en una nueva Ley de Contratos desde Abril o modificado la Ley de firma debido al propio eIDAS ya plenamente vigente desde Julio. O por ejemplo las nuevas Leyes 39 y 40, a pesar de su vigencia desde octubre, distamos mucho de poder cumplirlas en su totalidad y garantizar los derechos ahí recogidos...

Supongo que Europa no será ajena a veces a este incumplimiento de plazos "legislativos".

No obstante si saliese algo de este tema, seguro que lo anuncian en las noticias o twitter de esta web:

http://administracionelectronica.gob.es ... BjI2frhDIU

Te recomiendo que la uses porque a veces sirve hasta para repasar ciertos temas o soluciones horizontales de la Administración Electrónica que periódicamente ellos van colgando :wink:
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Re: Firma electronica

Mensaje por AnaL »

Muchísimas gracias!

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Re: Firma electronica

Mensaje por Asereje »

AnaL escribió:Buenas,

Según el Art 9 del eIDAS, cada Estado notificará su lista de sistemas de identificación de conformidad y la Comisión lo publicará en el DUOE. Según parece, esa lista debería estar ya publicada (sep 2016), pero lo encuentro. ¿Alguien sabe cómo puedo encontrarla? o es que lo estoy interpretando mal...

Muchas gracias.

Un saludo,
Aqui tienes todos los prestadores de servicios y sus servicios electronicos:

https://sedeaplicaciones2.minetur.gob.e ... p?opcion=c

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Re: Firma electronica

Mensaje por Itinerante »

Asereje escribió:
AnaL escribió:Buenas,

Según el Art 9 del eIDAS, cada Estado notificará su lista de sistemas de identificación de conformidad y la Comisión lo publicará en el DUOE. Según parece, esa lista debería estar ya publicada (sep 2016), pero lo encuentro. ¿Alguien sabe cómo puedo encontrarla? o es que lo estoy interpretando mal...

Muchas gracias.

Un saludo,
Aqui tienes todos los prestadores de servicios y sus servicios electronicos:

https://sedeaplicaciones2.minetur.gob.e ... p?opcion=c

En efecto, no está publicado en DOUE, pero el MINETUR tiene la lista ya hecha.

Gran aportación :D
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