Tema: 121. Id Pregunta: 9702 - DPR en la LGT

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phdezv
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Tema: 121. Id Pregunta: 9702 - DPR en la LGT

Mensaje por phdezv »

67) Según la Ley 9/2014, el Gobierno, en relación a la administración del dominio público radioeléctrico, establecerá:
Tema: 121. Id Pregunta: 9702.
a) La adecuada utilización del espectro mediante el empleo de equipos públicos.
b) La correcta utilización de frecuencias por parte de los operadores.
c) La inspección por un ente privado del nivel radioeléctrico tolerable.
d) Ninguna de las anteriores.


Según la respuesta, ninguna de las anteriores.

En la Ley 9/2014:
Artículo 60. De la administración del dominio público radioeléctrico
5. La utilización de frecuencias radioeléctricas mediante redes de satélites se incluye dentro de la administración del dominio público radioeléctrico.

Artículo 61. Facultades del Gobierno para la administración del dominio público radioeléctrico
El Gobierno desarrollará mediante real decreto las condiciones para la adecuada administración del dominio público radioeléctrico.
a) El procedimiento para la elaboración de los planes de utilización del espectro radioeléctrico [...] cuya aprobación corresponderá al Gobierno.
d) El procedimiento para la reasignación del uso de bandas de frecuencias con el objetivo de alcanzar un uso más eficiente del espectro radioeléctrico [...]
Vamos, que lo que quiero decir es que, aunque no esté textualmente en la ley por razones obvias, el gobierno sí que establece las condiciones para la correcta utilización de frecuencias por parte de todos los que las utilicen, entre ellos los operadores.

Así que veo la B como respuesta correcta.
Cómo lo veis?
Imposible es sólo una apreciación, como tantas otras. :wink:

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manchego
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Re: Tema: 121. Id Pregunta: 9702 - DPR en la LGT

Mensaje por manchego »

Vamos, que lo que quiero decir es que, aunque no esté textualmente en la ley por razones obvias, el gobierno sí que establece las condiciones para la correcta utilización de frecuencias por parte de todos los que las utilicen, entre ellos los operadores.
Yo no lo veo claro phdezv. Lo que parece claro es que el gobierno "regula el uso del espectro" pero más encaminado a usos generales del mismo y no a lo concreto. Como el propio articulo 60 desarrolla, en relacion al DPR hay actuaciones de planificación, de gestión, de control y sancionadoras. Parece que las competencias del gobierno son las relacionadas con la planificación y los procedimientos de gestión y no parece que entre sus competencias esté el control para que los operadores hagan un uso correcto de las frecuentas. Este si aparece en el articulo 69 que detalla las funciones del Minetur "La comprobación técnica de emisiones radioeléctricas para la identificación, localización y eliminación de interferencias perjudiciales, infracciones, irregularidades y perturbaciones de los sistemas de radiocomunicación, y la verificación del uso efectivo y eficiente del dominio público radioeléctrico por parte de los titulares de derechos de uso."

Esta parece no tanto de las preguntas graciosas, sino de las puntillosas en las que es muy facil caer en durante el examen.
"Tus aspiraciones son tus posibilidades"

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