Tema: 121. Id Pregunta: 10523

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miguel.acabado
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Tema: 121. Id Pregunta: 10523

Mensaje por miguel.acabado »

Hola a todos:

A ver qué pensáis de esta pregunta...
21) Según la Ley 9/2014, el cambio de operador con conservación del número: [MAL]
Tema: 121. Id Pregunta: 10523.
a) Es un derecho del abonado, pero además el operador puede transferirle a otro operador sin su consentimiento.
b) Es un derecho del abonado, aunque el operador podrá rechazar dicho cambio.
c) Es un derecho del abonado que el operador debe realizar en el plazo mínimo de un día laborable.
d) El retraso por parte del operador no da derecho al abonado a obtener compensación.
Cito la LGT, Art 47.c, y marco en negrita las explicaciones que hacen referencia a esta pregunta:
El derecho al cambio de operador, con conservación de los números del plan nacional de numeración telefónica en los supuestos en que así se contemple en el plazo máximo de un día laborable. No se podrá transferir a los usuarios finales a otro operador en contra de su voluntad.

[...]

El retraso en la conservación de los números y los abusos de la conservación por parte de los operadores o en su nombre, dará derecho a los abonados a una compensación en los términos que se establezcan mediante real decreto, en el que se fijarán asimismo los supuestos en que dicha compensación será automática. [...]
Yo he marcado la respuesta D, que es incorrecta. La respuesta que da por buena el test es la C, pero tampoco es correcta porque habla de un "mínimo de un día" en lugar de un máximo. La A tambien es directamente descartable según el texto de la ley, y la respuesta B me parece descartable por lo de que el proceso lo dirige el operador receptor.

Vamos, que según veo, no me parece que haya ninguna respuesta correcta...

¿Alguna idea?

amodeo
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Re: Tema: 121. Id Pregunta: 10523

Mensaje por amodeo »

Hola,

A mí también me da la sensación de que ninguna es correcta. Parece ser que lo del mínimo de la C) debería ser máximo y esa sería la correcta.


Saludos

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miguel.acabado
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Re: Tema: 121. Id Pregunta: 10523

Mensaje por miguel.acabado »

Lo malo es que la lógica de la errata se la podemos aplicar también a la respuesta D: si le quitas el "no" ya es una respuesta correcta.

Con las respuestas A y B no se puede hacer eso, porque se ve más intencionalidad en presentar ideas incorrectas.

Vamos, que tiene pinta de que eran C o D, y ha habido algún error por algún lado...

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palindromo
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Re: Tema: 121. Id Pregunta: 10523

Mensaje por palindromo »

Pues yo he hecho memoria de cuando estaba en el negocio, ya que la opción
b) Es un derecho del abonado, aunque el operador podrá rechazar dicho cambio.
me resulta bastante verosímil, y dentro de la lógica de negocio (de hace algunos años, cuando se usaban alguna prácticas no excesivamente transparentes).
El hecho, es que la "Especificación técnica de los procedimientos administrativos para la portabilidad de numeración telefónica móvil", que se puede consultar en la CNMC, se puede leer que hay algunas posibles causas de rechazo (página 21):
Rechazo de la solicitud: en este caso, el operador donante incluirá la causa por la que se rechaza la solicitud. Las causas que pueden provocar el rechazo de la solicitud de portabilidad son las siguientes:
•en el caso de abonados postpago, falta de correspondencia entre numeración y abonado identificado por su NIF/NIE/Pasaporte y nacionalidad;
•en el caso de abonados prepago, falta de correspondencia entre numeración e ICC-ID o Número(s) de serie de la(s) SIM;
•causa justificada de fuerza mayor;
•comprobación de que la tarjeta SIM no ha sido denunciada al donante por robo o pérdida;
•numeración inactiva;
•cualquier otra causa que pueda ser acordada por los operadores, dentro del marco legal.
Ahora bien, si es una solicitud de portabilidad correctamente formulada, digamos honesta, nunca debería ser rechazada.

Dicho esto, creo que la respuesta más razonable a este dilema es cambiar mínimo por máximo en la opción c)
Desde la barrera.

dgomroy
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Re: Tema: 121. Id Pregunta: 10523

Mensaje por dgomroy »

Totalmente de acuerdo. Lo corregimos para siguientes versiones.

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