Procedimiento o no Procedimiento he ahí la cuestión

Temas relacionados con supuesto práctico y defensa
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Kongfuzi
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Procedimiento o no Procedimiento he ahí la cuestión

Mensaje por Kongfuzi »

Hola a todos,

Me pregunto si hay alguna guía, truco o indicación sobre si una gestión o trámite con la administración debe ser procedimiento o no. Como hemos visto en los últimos exámenes, parece que en ocasiones ambas opciones pueden justificarse.

¿Qué nos puede indicar que el problema debe resolverse como un procedimiento?

En caso afirmativo de afrontar el problema propuesto como un procedimiento, ¿qué servicios comunes incorporaríais? , ¿qué otras consideraciones se deberían hacer?

¡Saludos!

jmarodri
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Re: Procedimiento o no Procedimiento he ahí la cuestión

Mensaje por jmarodri »

Buenas Kongfuzi,

el considerarlo PAC o no, en mi opinión, dependerá de dos factores fundamentalmente: los datos que se den en el enunciado del ejercicio, y con esos datos, la interpretación y suposiciones que hagas. Lo importante, es que una vez te decidas un sentido u otro, las respuestas que des en los distintos apartados sean coherentes entre sí y haya un hilo conductor en el desarrollo del ejercicio.

En el ejercicio del supuesto práctico del año pasado, ESPACE, se dio esta circunstancias, habiendo compañeros que lo consideraron PAC y otros no, aprobando. Lo importante es justificar y defender adecuadamente la opción que hayas elegido.

En otro mensaje en el foro puedes ver que se ha liberado parte del material del Pack3. Parte de ese material son los volcados comentados por Preparatic del supuesto práctico ESPACE. En uno de ellos, algunos comentarios están relacionados con la cuestión que planteas, por lo que te los copio a continuación ya que pueden aclararte en parte las dudas:

"....Quizá el comentario más importante es que deducimos que has optado por considerar el
caso como un procedimiento administrativo. Se trata de una decisión que, como ya habrás
comprobado, no es ni 100% correcta ni 100% incorrecta. Solo hay que ser, una vez más, coherente a
lo largo de todo el ejercicio con la opción elegida. A continuación, te dejamos algunas consideraciones
importantes a tener en cuenta tanto para la opción de SÍ considerar el problema propuesto como un
procedimiento como para el hecho de no hacerlo. Es muy importante tener claro esto, y las
implicaciones de cada decisión.
● SÍ AL PAC
○ La inscripción y registro en ESPACE está regulada por una Ley
○ Hay unos requisitos para participar.
○ El hecho de poder participar es un derecho en sí y debe otorgarse a través de un acto
administrativo susceptible de ser notificado
○ Otras consideraciones: debería caber recurso, deberían estar claras las fases del PAC
(Iniciación, ordenación...)
● NO AL PAC
○ La ley que lo regula en ningún momento cita a la Ley 39/2015 o indica que se tramitará
conforme a las normas del PAC
○ La Junta de Andalucía tiene algo parecido y lo considera un servicio
○ No hay un acto administrativo como tal. Como consecuencia, no se notifica nada
○ No hay definido un procedimiento tasado, con plazos, fases, informes, etc.
● Para ambos casos: En toda norma que regula un PAC se estipulan los posibles recursos, sin
embargo, en el articulado relevante del examen no figuran. Eso no quiere decir que no sea un
PAC, sino que no se tiene toda la información necesaria para saber si es un PAC o no. Algunos
gobiernos autonómicos lo han regulado con vinculación de las decisiones ciudadanas, y por lo
tanto lo han implementado como PAC. Otros simplemente como una manera de "oír a la
ciudadanía" y no ser vinculante, y no lo han puesto como PAC. En el ejercicio se indica que NO es
vinculante y el borrador de Ley no dice nada sobre la implementación como PAC."

Saludos cordiales,
JM

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terpsicore
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Re: Procedimiento o no Procedimiento he ahí la cuestión

Mensaje por terpsicore »

Hola Kongfuzi!!

Sobre la pregunta de los servicios comunes y las consideraciones que hacías, la respuesta no es única, sino que dependerá del enfoque que le quieras dar. De todos modos, de forma orientativa, serían:
  • Cl@ve si hay ciudadanos, para su autenticación, sin quitar que puedas incorporar alguna otra forma de autenticación para ellos, siempre dependiendo de la categorización ENS (como se hace para presentar la renta, por ejemplo, que vale con dar una casilla de la declaración del año anterior)
  • Autentic@ para el acceso de los funcionarios. También puede ser que, por el supuesto, veas que no es en absoluto necesario e identifiques sólo con el directorio activo... es una decisión personal
  • Representa, para comprobar apoderamientos
  • PID si hay datos intermediados que se puedan recuperar
  • FIRe para firmar
  • Portafirmas, si se requiere la firma de altos cargos
  • @firma para validación de certificados
  • Inside, para gestión del almacenamiento de expedientes
  • Archive para su almacenamiento definitivo, aunque es bastante prescindible ponerlo a no ser que venga muy al pelo
  • Notifica para las notificaciones
  • Carpeta ciudadana, puede ser interesante... hay que mirar bien como está hecha la integración en el PAe, no estoy segura de que sea correcto ponerlo tal cual como un servicio
  • Plata para traducción... decisión personal también
Esto no significa que siempre haya que poner todos, ni muchísimo menos. Cada uno de los servicios que pongas tendrá que tener sentido en el supuesto, y aunque no lo dejes todo reflejado en el escrito, deberías ser capaz de responder a preguntas concretas del tribunal sobre la adecuación o no de tener cada uno de los servicios que pongas.

En cuanto a las consideraciones que dices, habrá que tener en cuenta todas las garantías legales que deber tener el procedimiento. Por ejemplo, si el expediente tiene que compartirse, deberá cumplir necesariamente el formato ENI, lo que te afectará a tu ER/diagrama de clases...

Con todo, esto es una opinión personal, espero no haber olvidado nada importante... :)

Muchísimo ánimo!!

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miguel.acabado
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Re: Procedimiento o no Procedimiento he ahí la cuestión

Mensaje por miguel.acabado »

Hola Kongfuzi:

Intento complementar a mis compañeros con este tema de los servicios y los procedimientos.

Aquí te copio-pego una pequeña checklist que yo me aprendí para no liarme entre esos conceptos. Son aspectos generales (luego hay muchas ramificaciones importantes), pero te ayudan a enmarcar a qué te estás enfrentando.

SERVICIO vs PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (PA) vs ACTUACIÓN ADMVA
Un PA...
  • Tiene siempre un expediente.
  • Le aplica la Ley 39/2015 y todo lo que recoge (lenguas oficiales, ID y firma, copia del expediente, asistencia...).
  • Acaba siempre con resolución. Normalmente denegación/aprobación.
  • Las actuaciones administrativas son parte necesaria para llegar a resolución.
  • Tiene unos plazos específicos.
  • El ciudadano puede recurrir la resolución.
  • Es obligatorio notificar.
Un SERVICIO...
  • Se lo da la AP al ciudadano.
  • No le aplica la ley 39/2015
  • Puede (o no) tener tasas.
  • Puede (o no) proporcionar al ciudadano documentación oficial.
  • No requiere actuaciones. No necesariamente tiene intervención de un funcionario.
  • En principio no tiene expediente.
  • No tiene resolución. Puede no haber diversos resultados posibles (aprobación/denegación).
  • No es obligatorio notificar.
  • No tiene por qué tener los requisitos del PA para ID y firma.
Una ACTUACIÓN ADMVA...
  • La hace la AP.
  • Es parte de un PA.
  • Debe firmarla un funcionario/organismo.
Como ejemplo, en el supuesto del año pasado: yo personalmente consideré que la inscripción en el RPCE era un procedimiento administrativo, entre otras cosas porque me habilitaba para el ejercicio de un derecho recogido por ley; pero que el ejercicio en sí de ese derecho se hacía a través de un servicio. Por supuesto que otros lo interpretaron diferente, pero lo que interpretes tiene efectos en todo lo demás: ¿Hay algún el expediente en tu modelo de datos? ¿Cuándo, cómo y por qué se notifica al ciudadano? ¿Esto va en sede electrónica o en una web aparte? ¿Puedo justificar ciertas decisiones en la Ley 39/2015? ¿Participa aquí un funcionario para algo?

Respecto a los servicios comunes, es que dependiendo del caso y del nivel de detalle, puedes necesitar casi cualquiera... ¿es necesaria una integración con la PID? Si es un procedimiento, es muy probable que tengas tanto la necesidad de consultar datos en poder de otra Administración como la justificación legal para ello. ¿Y con FACE? Pues me parece poco probable, pero si te lo sugiere el enunciado por algo, no dejes de meterlo. No descartes ni una integración con el BOE de antemano, deja que sea el enunciado el que te diga lo que tachar... y para eso no hay más opción que saber para qué son todos ellos y sus modos de funcionamiento (SaaS, federado, integración...). En los de firma te puedes hacer un poco de lío, porque hay que admitir que son complicados; pero el resto son bastante disjuntos y es más sencillo discernir lo que necesitas.

Espero haberte ayudado un poco. Un saludo,

Miguel

Kongfuzi
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Re: Procedimiento o no Procedimiento he ahí la cuestión

Mensaje por Kongfuzi »

Muchas gracias a los tres, ¡sois unos cracks! sin lugar a duda me han ayudado mucho vuestras respuestas.

Estoy en las primeras fases de estudio así que espero que al practicar ejercicios y exámenes cada vez vea un poco más claro si PAC o no PAC, según el caso.

¡Saludos!

Cerrado

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