¿Reconversión de plaza?

Los siguientes pasos, y consultas y dudas sobre la vida de funcionario
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AntonioM
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¿Reconversión de plaza?

Mensaje por AntonioM »

Buenas noches:

Antes que nada, saludos en esta mi primera intervención, y les deseo buen comienzo de año.

Soy funcionario A2 de una escala científica de la Administración estatal, pero realizo funciones TIC en un centro público de Canarias. El asunto es que mi plaza actual está muy limitada en cuanto a promoción profesional y movilidad, y me estoy planteando el presentarme a las oposiciones TIC A1 de la AGE por promoción interna, pero, para decidirme, quisiera saber primero si, en caso de aprobar, tendría la posibilidad de reconvertir mi plaza actual a la plaza nueva (algo de eso he oído, pero desconozco los detalles). Si alguien tiene experiencia en estos asuntos, le agradecería cualquier indicación al respecto.

Por otro lado, también me planteo la opción de presentarme a las oposiciones TIC A2 por promoción interna, pero no sé si está permitido, al proceder de una plaza que ya es A2.

Agradezco cualquier información al respecto.

Saludos,
Antonio

gemelodigital
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Re: ¿Reconversión de plaza?

Mensaje por gemelodigital »

Hola Antonio, bienvenido,

En mi opinión y experiencia la mejor vía para explorar este tipo de cuestiones es hablar con los responsables de personal de tu centro. Si la persona con la que hables tiene autoridad para tomar decisiones sobre asuntos de personal o acceso a quien tenga esa autoridad, mucho mejor.

En lo que yo conozco, que obviamente es limitado comparado con el alcance total de la AGE, en este tipo de asuntos cabe absolutamente todo, según los responsables de tomar decisiones. Habrá centros en lo que todo serán facilidades y habrá otros en los que al funcionario que acceda a grupo A1 de esta forma no le quede más remedio (entre comillas, a lo mejor puede ser una bendición) que ocupar la plaza que le toque en el proceso selectivo en función de su mérito y suerte porque en el centro en el que ejercía como A2 no han querido, sabido o podido gestionar una plaza A1.

Según se ha comentado en los foros (sería interesante que alguien con esta experiencia nos los refrescase) cuando los A2 TIC aprueban por promoción interna en muchos casos se les ofrece permanecer en su centro pasando a ocupar una plaza A1 vacante o de nueva creación (en general las plazas no se convierten, aunque a veces se ven este tipo de casos). Yo no conozco ningún caso de estos personalmente así que poco puedo ofrecer al respecto, la verdad es que sería interesante conocer cómo se instrumentan este tipo de cosas en la práctica (lo digo porque a simple vista parecen atentar contra el principio de mérito, si asumimos que estas plazas "convertidas" no aparecerán entre las ofertadas cuando toca elegir los destinos, porque si estuvieran sería bastante complicado que les fuesen asignadas a quienes ya ejercen en el propio centro). En procesos en los que hay tantas plazas no parece que resulte difícil, una vez asignados destinos, que se dé como segunda opción a la gente de promoción interna para conjurar nuevas plazas A1 para ellos. Este tipo de cosas que yo sepa no están escritas en ninguna parte, seguramente porque viven en un universo un tanto alegal (nadie dice que sean ilegales pero tampoco parece que se ajusten a ninguna normativa).

Como ya sabrás, en esta oposición el turno de promoción interna elige destinos primero, así que tienen muchas opciones abiertas. A no ser que alguien esté contentísimo en su puesto y habiendo tantas opciones en Madrid, yo creo que lo raro será que mucha gente prefiera quedarse en su centro. Siempre hay una pradera más verde (lo que se hace en ese otro sitio parece más atractivo, o está más afinado a nuestras preferencias, o está mejor comunicado, tiene un complemento algo mejor etc.).

En un caso particular como el tuyo, que no eres TIC A2, creo que te convendría informarte de si en tu centro hay TICs A1 en plantilla o incluso vacantes del cuerpo (este sería lógicamente el escenario más favorable para tus intenciones, si ya existe una vacante TIC A1 el proceso se simplifica, aunque también aparece otra vez el venerado y temido principio de igualdad de mérito: si hay una vacante debería o bien ofrecerse en concurso para que todo el mundo tenga la oportunidad de solicitarla o si coincide en el tiempo juntarse en la bolsa de vacantes de nuevo ingreso). Si te vas al peor escenario en el que en tu centro actual no hay ni vacantes ni ningún TIC A1 en plantilla la cosa se puede complicar. En ese caso el proceso implicaría revisar la plantilla y cursar una solicitud al Ministerio de Función Pública, que debe estar justificada convenientemente y que además se debe aprobar en las comisiones pertinentes. Ahí es donde entra la voluntad, ganas y habilidades que tengan los responsables de personal de moverse. Aquí también hay que tener en cuenta que no es lo mismo mover este tipo de cosas para una centro con varios miles de empleados que para un centro pequeño.

También estoy seguro de que habrá centros en los que este tipo de cosas las tienen institucionalizadas y está todo el procedimiento muy claro (aunque no esté escrito) y otros en los que no sepan ni de lo que les estás hablando si planteas esta cuestión.

Con respecto a la segunda parte de tu consulta no veo muy claro qué tiene que ver con el resto. ¿Te planteas si sería más fácil "convertir" tu plaza actual A2 en una plaza TIC A2? Si esa es la idea creo que la respuesta es la misma: como norma general las plazas no se convierten en otras, se tendría que crear igualmente una nueva plaza TIC A2 y dejar vacante o amortizar la actual. En respuesta a tu pregunta yo siempre había entendido que no se puede opositar de un cuerpo a otro del mismo subgrupo porque tanto en el Estatuo de Empleado Público como en las propias convocatorias siempre pone como requisito haber prestado servicio en el subgrupo inferior durante al menos dos años. Pero lo cierto es que el Estatuto es algo contradictorio, primero dice:
Artículo 16: ... d) Promoción interna horizontal, que consiste en el acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.
Y en el artículo 18:
... 2. Los funcionarios deberán poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas.

3. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto articularán los sistemas para realizar la promoción interna, así como también podrán determinar los cuerpos y escalas a los que podrán acceder los funcionarios de carrera pertenecientes a otros de su mismo Subgrupo.
Según entiendo esto, en el contexto actual (en el que no se ha desarrollado el Estatuto en ningún Real Decreto o normativa) no se podría participar en una oposición del mismo subgrupo por promoción interna... No lo veo muy claro la verdad.

Recientemente se ha vuelto a debatir el tema de promoción interna desde C1 a A1, que hasta ahora era por lo visto posible y que el Tribunal Supremo ha tumbado en una sentencia de este año.

Supongo que desde un punto de vista personal todo A2 aspira a ser A1. Para algunos puede ser el compromiso ideal permanecer en funciones A2 que suelen ser más técnicas con el sueldo algo superior de un A1 (en esto cuidado porque lo que viendo las tablas parece una diferencia salarial muy grande una parte significativa se la acaba quedando la Agencia). Otros prefieren un peril más de gestor de proyectos que suele tener el A1. Estas son cosas que hay que meter también en la ecuación. Supongo que muchos que se quedan en su puesto de A2 como A1 buscan ese ideal mientras que otros escapan para no quedarse en las funciones A2...

Nada más, suerte con ello!
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AntonioM (05 Ene 2022, 01:13)
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AntonioM
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Re: ¿Reconversión de plaza?

Mensaje por AntonioM »

Buenas noches:

Te agradezco enormemente tu respuesta tan detallada.

En mi caso concreto, como digo, pertenezco a una escala científica, pero soy responsable de servicio TIC de un centro desde hace 15 años, aunque considero que el nivel y complemento son muy bajos (N20 + 5000 y pocos €) para el puesto, aún siendo un centro pequeño. A ello se suma que, al tratarse de una escala científico-técnica genérica, aunque mis funciones sean exclusivamente técnicas, mi movilidad se limita a este tipo de centros (mi puesto, como otros similares, tiene código de exclusión EX27), y puesto que en Canarias solo hay tres centros estatales científicos (CSIC + IAC + IEO), la posibilidad de promoción es casi nula, menos si tenemos en cuenta que los puestos que se ofertan rara vez tienen perfil TIC (de hecho, nunca ha vuelto a suceder desde que gané mi actual plaza); de ahí mi intención de moverme a una Escala/Cuerpo con menos restricciones a la hora de concursar.

En cuanto a mi centro, en el ámbito TIC como tal, tan solo hay un puesto de Programador de 1ª cuyo ocupante se jubiló hace poco. Por tanto, ahora mismo soy el único TIC en plantilla, aunque sin denominación de puesto como tal.

En cuanto a las conversiones/reclasificaciones, conozco el caso de un colega A2 TIC que ocupaba una plaza con grupo de adscripción A1A2, se presentó a A1 TIC, aprobó y modificaron la adscripción a A1. Ignoro los mecanismos legales que invocaron (puede que se trate de algo "alegal", como sospechas), pero me aseguraba que a cualquiera que aprobara por promoción interna, le facilitaban el quedarse en su puesto reclasificado, si optaba por ello.

Mi idea alternativa de participar en la promoción interna a A2 TIC no tiene otra intención que la que expresé anteriormente sobre tener menos restricciones para concursar. Es cierto, como bien dices, que el asunto de la promoción interna horizontal tiene una formulación un tanto ambigua en el Estatuto, pero intuyo que está redactada pensando en las administraciones locales y autonómicas, donde esta vía de promoción está mucho más asentada.

Saludos y felices Reyes!
Antonio

gemelodigital
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Re: ¿Reconversión de plaza?

Mensaje por gemelodigital »

Hola Antonio,

De nada, un placer intentar dar algo de luz a estos temas, que en general suelen ser bastante oscuros.

Por lo que dices en tu respuesta creo que lo más razonable sigue siendo hacer la consulta a las/los responsables de recursos humanos. En temas de personal cada Ministerio o a veces cada centro funciona por su cuenta.

Buscando en el foro he encontrado esto que no sé si habrás visto. Lo que viene a decir (o yo a entender) es que para la promoción interna a todo el mundo se le da la opción de quedarse en su centro, que es la opción por defecto vaya. Sería muy interesante que alguien que conozca el tema en el mundo TIC lo comente.

En el peor de los casos siempre se podría, una vez aprobada la oposición A1 dejar la plaza en excedencia y seguir ocupando el destino A2. En teoría, si tus méritos como A2 son TIC, los méritos no tienen código de exclusión. Este escenario ya es demasiado complejo para mi nivel de conocimientos, no tengo ni idea de las opciones: creo que no habría que esperar a 2 años de servicio para concursar según lo que permita cada concurso con respecto a la situación de excedencia. A lo mejor alguien tiene alguna referencia de este caso... Lo cierto es que he visto casos que parecen aún más rocambolescos: una persona se saca una plaza por oposicion, al año siguiente se mueve a otra de libre designación, de la cual es cesado a los 6 meses (es lo que tienen estas plazas). Esa persona participa inmediatamente en cualquier concurso sin estar afectado por el requisito de 2 años de servicio (que no cumple porque lleva menos de dos años ejerciendo como funcionario).

Si uno le echa un vistazo a las resoluciones de nombramientos de TIC A1 de los últimos años es cierto que en promoción interna se ven destinos fuera de Madrid, lo que parece indicar que la persona en concreto eligió quedarse en su centro.

En el caso concreto del Ministerio de Ciencia e Innovación, no da la sensación de que haya muchos TIC A1 (que por cierto se hacen notar bastante al ser EX11 entre tantos EX27 o EX22). Esto pasa en cualquier Ministerio o centro con sus cuerpos específicos, que siempre van a ser mayoría. Además los cuerpos TIC, salvo en tres o cuatro sitios siempre son minoría.

Hoy por hoy, con la enorme bola de nieve de la transormación digital, yo creo que casi cualquier centro podría justificar la necesidad de TICs A1 en su plantilla. También creo que por mucho que se hable últimamente de descentralización, lo cierto es que en este sector en particular un porcentaje muy muy alto del trabajo se sigue haciendo en Madrid (en cuanto a personal, no he visto nunca el porcentaje de gente que hay fuera de Madrid, pero no creo que llegue al 1%; el último informe REINA se ha quedado ya muy obsoleto y ni mencionaba este dato, además curisomante el Ministerio de Ciencia no estaba incluido en el alcance por alguna razón que desconozco).

Con esto quiero decir que a pesar del ruido de la descentralización no me esperaría que las plazas TIC A1 se vayan a ir muy lejos de Madrid en un futuro cercano.

En cuanto a la conversión de plaza A1/A2 en A1 que comentas, supongo que hay de todo en la viña de la AGE, pero no le veo demasiado sentido. Alguien que ocupe, por poner el caso una plaza A1/A2 siendo A2, si hace promoción interna a A1 puede perfectamente seguir ocupando esa plaza como A1 y en su departamento de personal solamente tendrían que actualizar su nómina para que pasase a cobrar el salario base de A1. Que una plaza sea A1/A2 significa que puede ser ocupada indistintamente por un A1 o un A2.

Respecto al salario no tengo la pizarra ni la gorra de hacer números a mano, pero un caso que tengo como referencia aunque sea algo aproximado: a iguales productividades o complementos de dedicación especial y trienios y con una diferencia de 6k€ entre el A1 y el A2 en los complementos específicos (~12k€ frente a ~6k€) la diferencia bruta en 14 pagas es unos 900€ pero se acaban quedando en 400€ netos. Obviamente hay un aumento importante pero tampoco es una barbaridad, y me da la sensación que la intuición de la mayor parte de la gente es que esta diferencia es mucho mayor.

Otra opción que no sé si habrás valorado es una comisión de servicio o una libre designación, pero para eso necesitas luz verde del centro para salir, cosa que en muchos sitios es tabú absoluto. Sobre estos temas hay mucha tinta arrojada por ahí si buscas. También existe otra figura mitológica (porque pocos la conocen) que lleva el temido nombre de adscripción provisional, pero eso ya es meterse en una madriguera de liebre que parece un poco fuera de contexto en estos foros.

AntonioM
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Re: ¿Reconversión de plaza?

Mensaje por AntonioM »

Hola, gemelodigital:

Sí, a tenor del hilo que indicas, parece que la opción "por defecto" es la de permanecer en el centro al que se pertenece. De todas formas, consultaré con mi centro, pero no antes de estar en puertas del curso selectivo (si llego hasta esa meta, que no es poco).

En el caso de mi escala, no es trivial demostrar los méritos TIC oficialmente, aunque desde hace unos meses algunos compañeros hemos formado una asociación, reconocida por la Secretaría Adjunta de la que dependemos, para que se nos reconozcan como tales.

En cuanto a las opciones de comisión de servicios o libre designación, la primera la tengo casi descartada porque en mi caso, y mientras no tenga a otro TIC en la unidad que pueda sustituirme, la denegación por necesidades del servicio está servida. Y digo "casi" porque en mi centro hubo un caso hace poco de una persona que dirigía un servicio de reciente creación y que pasó a otro centro en comisión de servicio sin que nadie pusiera impedimento alguno; pero claro, no era un servicio tan crítico como TIC. De cualquier manera, llegado el caso, invocar agravios comparativos no sé si serviría de mucho.

En cuanto a la libre designación, me parece una alternativa más viable aunque igual de conflictiva. Aquí debo observar que, según tengo entendido por lo ocurrido con una compañera de otro centro, la luz verde del centro de origen no sería indispensable: la última palabra en los nombramientos de las libres designaciones la tiene el Secretario de Estado de Administración Pública, según el Reglamento General de Ingreso:
Artículo 54. Informes.
1. El nombramiento requerirá el previo informe del titular del centro, organismo o unidad
a que esté adscrito el puesto de trabajo a cubrir. Si fuera a recaer en un funcionario
destinado en otro Departamento, se requerirá informe favorable de éste
. De no emitirse en el
plazo de quince días naturales se considerará favorable. Si fuera desfavorable, podrá, no
obstante, efectuarse el nombramiento previa autorización del Secretario de Estado para la
Administración Pública
.
Claro que aquí se contempla el caso de que el funcionario pertenezca a otro Departamento (ministerial, supongo); nada se dice del caso de otras agencias, organismos, centros, etc.

Saludos,
Antonio

gemelodigital
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Re: ¿Reconversión de plaza?

Mensaje por gemelodigital »

Hola Antonio,

Sí, visto lo visto estoy de acuerdo que parece que quien quiere quedarse en su puesto en general parece que tiene esa posibilidad. Insisto otra vez que desconozco si hay en algún centro o a nivel más alto un mecanismo oficial para llevarlo a la práctica.

Las comisiones de servicio creo que ya es bien sabido que son la ciénaga de la antimeritocracia (obviamente hay casos en los que no dudo que pueden ser necesarias y útiles pero tal como están concebidas ahora mismo son un atentado a varios artículos de la Constitución). Los casos que mencionas de "en general no pero si tienes buenos padrinos nos lo pensamos" creo que los conoce todo el mundo, y no creo que quepa mucho recurso frente a ellos.

En mi experiencia para la libre designación también acaba pasando un poco lo mismo, por mucho que los conflictos los deba resolver el Secretario de Estado, en la práctica con un informe negativo del centro de origen se hace lo más conservador que es dejar al candidato en su puesto de origen y se evitan las polémicas.

La opción de juntar a varios compañeros en la misma situación la veo también interesante. Así desde fuera parece un caso de libro: si se están ejerciendo funciones de un cuerpo que no tiene la exclusión, ésta no debería ser de aplicación. Supongo que sabrás que el tema de las claves de exclusión siempre ha sido polémico pero nadie ha querido nunca cambiarlo porque a Función Pública le viene fenomenal. No estoy muy enterado pero creo que sí que ha habido alguna sentencia favorable pero no se ha llegado al punto de cambiar la ley. Es bastante probable (en mi opinión más que inexperta) que si te presentas a un concurso, por poner un ejemplo a una plaza TIC y se te excluye por tu código te resultase favorable si fueses a un contencioso. Pero claro, no todo el mundo tiene las ganas de meterse en el juzgado. Si hubiese bastante gente la misma situación y con un buen abogado o alguien que se sepa mover bien se podría intentar negociar con el Ministerio retirar la clave de exclusión. Y si no se prestan a ello (que supongo que será lo normal para no crear precedentes) acudir a la via contencioso-administrativa.

Un saludo y ánimo con el tema.

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