Puede un ciudadano iniciar un tramite scaneando el???
Publicado: 16 Oct 2007, 17:48
¿Que entendeis vosotros por el articulo 35.2?
Que el ciudadano puede el mismo scanearse un documento, firmarlo con certificado valido y entregarlo telematicamente para un procedimiento.... o lo que entiendo yo... es que puede hacer una copia electronica de un documento que YA tenga la administracion en formato electronico, (solicitando via telematica ese certificado o lo que sea) y presentarlo en su procedimiento...
Me despista lo de solicitar al correspondiente 'archivo'...
No se si puede ser que tengas un papel que te ha dado un organismo X y tu lo escanees... y lo firmes digitalmente y si el Organismo Y puede consultar con el 'archivo' de ese documento... pues bien y sino puede podria pedirte a ti el original....
---- ¿Que opinais?----
Artículo 35. Iniciación del procedimiento por medios electrónicos.
2. Los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración Pública podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Que el ciudadano puede el mismo scanearse un documento, firmarlo con certificado valido y entregarlo telematicamente para un procedimiento.... o lo que entiendo yo... es que puede hacer una copia electronica de un documento que YA tenga la administracion en formato electronico, (solicitando via telematica ese certificado o lo que sea) y presentarlo en su procedimiento...
Me despista lo de solicitar al correspondiente 'archivo'...
No se si puede ser que tengas un papel que te ha dado un organismo X y tu lo escanees... y lo firmes digitalmente y si el Organismo Y puede consultar con el 'archivo' de ese documento... pues bien y sino puede podria pedirte a ti el original....
---- ¿Que opinais?----
Artículo 35. Iniciación del procedimiento por medios electrónicos.
2. Los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración Pública podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.