Cuarta Sesión Preparatic 17-05-08

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Chick Corea
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Cuarta Sesión Preparatic 17-05-08

Mensaje por Chick Corea »

¿Alguien se anima a hacer un resumen de lo que han contado hoy?

elaveriao
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Mensaje por elaveriao »

Yo haré un resumen rápido con MI opinión.

La primera ponencia, sobre análisis de riesgos y MAGERIT. Un profesor de Teleco, editor de MAGERIT, sabía de qué hablaba, y era razonablemente ameno. Ha seguido unas "transparencias" (PPT), pero poco más o menos lo que ha contado es un resumen de MAGERIT v2. Yo tengo claro que para el vistazo final estudiaré su presentación si acaban colgándola.

Así que la de seguridad, buena ponencia.

Luego ha sido la contratación. Creo poder asegurar sin temor a equivocarme que parecía que no le habían explicado el tipo de auditorio que le esperaba. La exposición intentaba hacer un resumen de las principales novedades de la Ley de Contratos del Sector Público, pero nos hablaba con un perfil demasiado TAC en vez de TIC (espero que se me entienda). No ha seguido para nada la presentación que está colgada. Pero es mucho más recomendable la presentación que lo que nos ha contado. Como muestra de lo que digo, se le ha preguntado sobre contratación centralizada (básica en tecnología) y los cambios que se han producido, y no ha sabido dar razón. Y hemos terminado a la 1 y media (en vez de a las 2), más porque le han cortado que porque no pudiera seguir hablando varias horas.

En consecuencia, la de contratación un tostón.

========
Como notas que he tomado para ayudar a leer la ley, parece que hay dos formas de hacer contratos en el sector público.

+La primera es "con todas las bendiciones", y que llaman Regulación Armonizada (RA)
+Y la segunda es siguiendo los principios generales, pero sin tanto lío. Digamos que es un régimen light.

Bueno pues:
+Las Administraciones Públicas (transparencia 4), siempre necesitan seguir el procedimiento bueno(contratan con Regulación Armonizada).
+Los Poderes Adjudicadores que no sean Administración Pública, a veces sí y a veces no. En la transparencia 8 se indica cuando sí y cuando no. Y en la transparencia 5 se indica cuando algo es Poder Adjudicador pero no es Administración Pública.
+El resto de sector público, contrata con el régimen "light".

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rimai
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Mensaje por rimai »

Ya hemos colgado la ponencia sobre MAGERIT.

Saludos.

Santiago
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Mensaje por Santiago »

elaveriao escribió: +Las Administraciones Públicas (transparencia 4), siempre necesitan seguir el procedimiento bueno(contratan con Regulación Armonizada).
Ojo, sólo son con regulación armonizada los de las AAPP si superan los umbrales económicos correspondientes a cada tipo de contrato (los cinco millones y pico para obras, ciento y pico mil para servicios y suministros)

Un saludo
Santiago

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AXiS
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Mensaje por AXiS »

Santiago escribió:
elaveriao escribió: +Las Administraciones Públicas (transparencia 4), siempre necesitan seguir el procedimiento bueno(contratan con Regulación Armonizada).
Ojo, sólo son con regulación armonizada los de las AAPP si superan los umbrales económicos correspondientes a cada tipo de contrato (los cinco millones y pico para obras, ciento y pico mil para servicios y suministros)

Un saludo
Efectivamente Santiago, así es.

Los "contratos sujetos a regulación armonizada" son aquellos a los que les es de aplicación la normativa comunitaria (Directiva 2004/18/CE) por superar ciertos umbrales económicos, como bien decías.

La cuestión es que, después, el hecho de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada o no sólo afecta a aquellos contratos que celebren los "poderes adjudicadores que no sean Administración Pública", puesto que los contratos celebrados por las Administraciones Públicas siempre se ciñen por completo a la normativa comunitaria porque así lo ha decidido el legislador (a pesar de que esto no era estrictamente necesario para trasponer la directiva, pero en España lo hemos querido así...).

Sí, es un lío, ya lo sé, pero es así... :roll: Y el ponente de esta mañana creo que lo ha explicado bastante bien, por cierto.

Saludos.

Santiago
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Mensaje por Santiago »

AXiS_ escribió:
Santiago escribió:
elaveriao escribió: +Las Administraciones Públicas (transparencia 4), siempre necesitan seguir el procedimiento bueno(contratan con Regulación Armonizada).
Ojo, sólo son con regulación armonizada los de las AAPP si superan los umbrales económicos correspondientes a cada tipo de contrato (los cinco millones y pico para obras, ciento y pico mil para servicios y suministros)
La cuestión es que, después, el hecho de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada o no sólo afecta a aquellos contratos que celebren los "poderes adjudicadores que no sean Administración Pública"

Sí, es un lío, ya lo sé, pero es así... :roll: Y el ponente de esta mañana creo que lo ha explicado bastante bien, por cierto.
¿Seguro? Fíjate que me a mí no me ha quedado tan claro ni muchísimo menos. Como que le he entendido todo lo contrario y, extrañado, llevo un buen rato intentando encontrar en la ley dónde dice eso, y no lo encuentro. Todo lo contrario, dice explícitamente en el artículo 15:
"1. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de suministro cuyo valor estimado sea igual o superior a las siguientes cantidades:

a) 137.000 euros, cuando se trate de contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social."

Y lo mismo dice para los contratos de servicios. Y estos dos, servicios y suministros, son los que nos afectan más a nosotros.

Eso mismo está también expresado así en las transparencias 2 y 8. Como decía en el post anterior elaveriao, yo también recomiendo las transparencias, son un resumen muy bueno. Lo único, hay que actualizar las cantidades de la transparencia 8, con lo que dice la EHA/3875/2007

Un saludo
Santiago

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AXiS
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Mensaje por AXiS »

Quizás es que no me he explicado bien...

Yo no digo que los contratos celebrados por las AA.PP. no puedan estar sujetos a regulación armonizada.

Efectivamente, los que sean de suministros o servicios y pasen de 133.000 € sí que entran dentro de esta categoría legal.

La cuestión es: esto, en la práctica, ¿afecta en algo?

Según dijo el ponente, parece ser que no. Tanto si están sujetos a regulación armonizada como si no, la Ley 30/2007 les pone las mismas normas y condiciones, que son aquellas que dicta la Directiva 2004/18/CE.

El legislador español podría haber optado por aplicar dichas normas de la Directiva sólo a aquellos contratos sujetos a regulación armonizada, pero en el caso de las AA.PP., estas normas se van a aplicar a todos los contratos.

¿Me he explicado mejor? :roll:

Santiago
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Mensaje por Santiago »

AXiS_ escribió:Quizás es que no me he explicado bien...

Yo no digo que los contratos celebrados por las AA.PP. no puedan estar sujetos a regulación armonizada.

Efectivamente, los que sean de suministros o servicios y pasen de 133.000 € sí que entran dentro de esta categoría legal.

La cuestión es: esto, en la práctica, ¿afecta en algo?

Según dijo el ponente, parece ser que no. Tanto si están sujetos a regulación armonizada como si no, la Ley 30/2007 les pone las mismas normas y condiciones, que son aquellas que dicta la Directiva 2004/18/CE.

El legislador español podría haber optado por aplicar dichas normas de la Directiva sólo a aquellos contratos sujetos a regulación armonizada, pero en el caso de las AA.PP., estas normas se van a aplicar a todos los contratos.

¿Me he explicado mejor? :roll:
Ah, ahora entiendo lo que quieres decir. Pero pensando en el test el aspecto práctico de la aplicación de la ley no es lo que nos importa, ¿no? sino lo que la ley dice.

Esto es, si en una pregunta de test te dicen si un contrato de servicios informáticos celebrado por la AGE, por 110.000€, es un contrato armonizado... la respuesta es NO. Aunque en la práctica se apliquen las mismas normas luego.

Un saludo
Santiago

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AXiS
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Mensaje por AXiS »

Totalmente de acuerdo. :wink:

El rollo de antes ha sido simplemente para comentar lo que había explicado el ponente, que era el objetivo original de este hilo, jeje.

Pero sí, para el test eso seguramente nos dé igual...

Un saludo!

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