cosmos escribió:Lo que dice la disposición es que cumplir la norma es cumplir el art5.
El art 5 habla se obligatoriedad de p1 y p2. La disposición obliga a acumplir este artículo antes de 31 12 2008.
Creo que esa es la clave, el artículo 5 obliga a cumplir las prioridades 1 y 2 (a ser nivel AA, vaya). Yo he pedido por eso que consideren que la respuesta buena sea la D, con el siguiente texto:
***
D. ..., con DNI ..., con domicilio en calle ... de la localidad de ..., teléfono ..., y en calidad de opositor a las XVII pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado
EXPONE:
que en relación con la pregunta número 99 del Primer Ejercicio de las XVII Pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, celebradas el pasado 1 de Junio, ruega se tengan por presentadas y se tomen en consideración las siguientes
ALEGACIONES:
1º.- que en dicha pregunta número 99 se pedía indicar el plazo en que "Las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública existentes a la entrada en vigor del RD 1494/2007 por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías de la información, deben adaptarse a la norma"
2º.- que en el artículo 5, apartado 1, de dicho RD 1494/2007 se indica que la adaptación a la norma implica cumplir las prioridades 1 y 2 de la Norma para las páginas de las administraciones públicas:
"Artículo 5. Criterios de accesibilidad aplicables a las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública.
1. La información disponible en las páginas de internet de las administraciones públicas deberá ser accesible a las personas mayores y personas con discapacidad, con un nivel mínimo de accesibilidad que cumpla las prioridades 1 y 2 de la Norma UNE 139803:2004. "
3º.- que en la "Disposición transitoria única" de dicho Real Decreto se fijan dos fases hasta alcanzar la adaptación a la norma para las páginas de la administración, y que en virtud del citado artículo 5.1 la adaptación de la norma se cumplirá cuando se cumplan las prioridades 1 y 2, esto es, el 31 de diciembre de 2008:
"Las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública deberán adaptarse a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho reglamento, en los siguientes plazos:
a) Las páginas nuevas deberán ajustarse a la prioridad 1 de la Norma UNE 139803:2004 desde la entrada en vigor del real decreto.
b) Las páginas existentes deberán adaptarse a la prioridad 1 de la Norma UNE 139803:2004 en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor.
c) Todas las páginas, actualmente existentes o de nueva creación, deberán cumplir la prioridad 2 de la Norma UNE 139803:2004 a partir del 31 de diciembre de 2008."
4º.- que en la plantilla de corrección facilitada en
http://www.map.es/servicios/procesos_se ... nt_1ej.pdf
se indica que la respuesta sería la opción B ("Seis meses desde la entrada en vigor del RD"), lo cual está en contradicción con lo expresado por el Real Decreto en su artículo 5.1.
5º.- que la opción D ("Antes del 31 de diciembre de 2008") se ajusta al plazo fijado por el Real Decreto para cumplir las prioridades 1 y 2 de la Norma, tal y como exige su artículo 5.1.
SOLICITA:
que la pregunta 99 sea considerada como correctamente respondida para aquellos que han marcado la opción D ("Antes del 31 de diciembre de 2008").
Madrid, a 3 de Junio de 2008.
Fdo:
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A la atención de la Ilma. Sra. Presidenta del Tribunal de las XVII Pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.