Pregunta 99

Temas relacionados con el examen de test
Pacos
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Mensaje por Pacos »

Yo considero que debemos reclamar que la respuesta correcta sea la D

Los que sabíamos que había dos prioridades y una se cumplía a los 6 meses y otra el 31 de diciembre contestamos la respuesta D pues la pregunta hace referencia a cumplir la norma. Cumplir la norma NO es quedarme con prioridad 1 y nunca llegar a prioridad 2.

Si se impugna la pregunta (en lugar de poner la D como correcta) en cierta forma se le da ventaja a los que no tenían ni idea de este RD1494/2007 y no la contestaron.

Con esto quiero decir que la respuesta D es correcta.

Santiago
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Mensaje por Santiago »

cosmos escribió:Lo que dice la disposición es que cumplir la norma es cumplir el art5.
El art 5 habla se obligatoriedad de p1 y p2. La disposición obliga a acumplir este artículo antes de 31 12 2008.
Creo que esa es la clave, el artículo 5 obliga a cumplir las prioridades 1 y 2 (a ser nivel AA, vaya). Yo he pedido por eso que consideren que la respuesta buena sea la D, con el siguiente texto:

***

D. ..., con DNI ..., con domicilio en calle ... de la localidad de ..., teléfono ..., y en calidad de opositor a las XVII pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado

EXPONE:
que en relación con la pregunta número 99 del Primer Ejercicio de las XVII Pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, celebradas el pasado 1 de Junio, ruega se tengan por presentadas y se tomen en consideración las siguientes

ALEGACIONES:

1º.- que en dicha pregunta número 99 se pedía indicar el plazo en que "Las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública existentes a la entrada en vigor del RD 1494/2007 por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías de la información, deben adaptarse a la norma"



2º.- que en el artículo 5, apartado 1, de dicho RD 1494/2007 se indica que la adaptación a la norma implica cumplir las prioridades 1 y 2 de la Norma para las páginas de las administraciones públicas:

"Artículo 5. Criterios de accesibilidad aplicables a las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública.

1. La información disponible en las páginas de internet de las administraciones públicas deberá ser accesible a las personas mayores y personas con discapacidad, con un nivel mínimo de accesibilidad que cumpla las prioridades 1 y 2 de la Norma UNE 139803:2004. "



3º.- que en la "Disposición transitoria única" de dicho Real Decreto se fijan dos fases hasta alcanzar la adaptación a la norma para las páginas de la administración, y que en virtud del citado artículo 5.1 la adaptación de la norma se cumplirá cuando se cumplan las prioridades 1 y 2, esto es, el 31 de diciembre de 2008:

"Las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública deberán adaptarse a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho reglamento, en los siguientes plazos:

a) Las páginas nuevas deberán ajustarse a la prioridad 1 de la Norma UNE 139803:2004 desde la entrada en vigor del real decreto.

b) Las páginas existentes deberán adaptarse a la prioridad 1 de la Norma UNE 139803:2004 en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor.

c) Todas las páginas, actualmente existentes o de nueva creación, deberán cumplir la prioridad 2 de la Norma UNE 139803:2004 a partir del 31 de diciembre de 2008."



4º.- que en la plantilla de corrección facilitada en http://www.map.es/servicios/procesos_se ... nt_1ej.pdf
se indica que la respuesta sería la opción B ("Seis meses desde la entrada en vigor del RD"), lo cual está en contradicción con lo expresado por el Real Decreto en su artículo 5.1.


5º.- que la opción D ("Antes del 31 de diciembre de 2008") se ajusta al plazo fijado por el Real Decreto para cumplir las prioridades 1 y 2 de la Norma, tal y como exige su artículo 5.1.


SOLICITA:
que la pregunta 99 sea considerada como correctamente respondida para aquellos que han marcado la opción D ("Antes del 31 de diciembre de 2008").


Madrid, a 3 de Junio de 2008.


Fdo:

...


A la atención de la Ilma. Sra. Presidenta del Tribunal de las XVII Pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

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anuska
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Mensaje por anuska »

Yo puedo estar en el caso de que me "beneficie" de la anulacion porque no la he contestado (o no... porque si la anulan ganais medio punto unos cuantos :P) pero solo iba a comentar que quiza es mas facil la anulacion que un cambio de opcion si hay la mas minima ambigüedad, que por lo que decis la hay, no? mas que nada porque puede haber gente que haya contestado la que han marcado ellos, que bastante les fastidiara que la anulen, pero ya que les cambien la respuesta cuando la intencion inicial del tribunual era esa.. Tambien perjudicaria a los que no la han contestado por ver las dos ciertas, que parte de razon tienen..

es una simple observacion, que a mi me afecta poco, asi que lo que veais mas facil!
"La esperanza es un estimulante vital muy superior a la suerte"

Santiago
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Mensaje por Santiago »

anuska escribió:solo iba a comentar que quiza es mas facil la anulacion que un cambio de opcion si hay la mas minima ambigüedad
Sinceramente, creo que tienes razón: no sé si alguna vez habrán cambiado la respuesta de una pregunta tras publicar la plantilla. Si ven que tienes razón en lo que alegas imagino que siempre anularán la pregunta, a no ser que se haya producido una errata en la plantilla (que también puede pasar).

Al final, esto es sólo un escrito de alegaciones para que sean tomadas en cuenta por el Tribunal (que es soberano, cómo me gusta esa palabra). La parte de "SOLICITO" creo que tiene menos importancia

Pero la respuesta correcta creo que es la que he puesto en este caso, desde el momento en que uno de los puntos estrella de ese RD es la obligación de que las páginas de la Administración sean AA (prioridad 1 y 2) como muy tarde desde final de este año. Una de las páginas que se han espabilado en hacer esta adaptación a la norma es una de nuestras páginas favoritas, la del BOE: http://www.boe.es/g/es/ayuda/accesibi.php

Como imagino que a muchas páginas les cogerá el toro, ya han puesto en el RD una cláusula facultando al Gobierno a, vía Orden Ministerial, poner las excepciones a la norma que quieran. Pero que yo sepa de momento no han puesto ninguna, al menos en el BOE no constan.

Un saludo
Santiago

jaga
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Mensaje por jaga »

Yo de hecho lo que mande ha sido una anulacion no un cambio de respuesta...


si hay ambiguedad como es el caso, lo normal es que anulen la pregunta entera... no que cambien la respuesta una vez publicada...

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Julio
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Mensaje por Julio »

Aunque yo preferiría que cambiasen la respuesta (puse la d) ) la verdad es que me parece más justo anularla, por lo que habeis dicho :?

RafaRP
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Mensaje por RafaRP »

Julio... si te lees mi impugnación, en este mismo hilo, verás la razón por la que pido el cambio de respuesta. Para mí el objetivo de la norma es la prioridad 2, la 1 es un paso intermedio. Con lo que, al no especificar nada, entiendo y entendí que se refería a la prioridad 2, objetivo último de este punto del RD.

Saludos

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Marcos
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Mensaje por Marcos »

Yo tambien soy de los que contestaron d. El problema creo está en que habla de condiciones básicas y que por ello se entienda las pautas de prioridad 1.

Saludos

Raf
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Mensaje por Raf »

Marcos escribió:El problema creo está en que habla de condiciones básicas y que por ello se entienda las pautas de prioridad 1.

No, no, lo de las "condiciones básicas" es porque dice que el RD 1494/07 aprueba un "Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las TIC", no porque pida el plazo para adaptarse a las condiciones básicas.

eszer
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No se puede impugnar, sorry

Mensaje por eszer »

Bueno, me he dado cuenta al escribir mi impugnación de dónde está el truquito de esta pregunta. Pregunta por las condiciones básicas y condiciones básicas de acceso son las de prioridad 1.

¡Qué distintas se ven las cosas cuando no es tiempo del examen!

:S

Merce
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Mensaje por Merce »

Estoy con Raf.

La respuesta correcta es la d)

Más que nada por "resumir" :lol:`, porque todo lo que pongo a continuación ya se ha dicho en el hilo.

La disposición transitoria del RD, que es la que habla de plazos, dice:

Las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública deberán adaptarse a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho reglamento, en los siguientes plazos

dicho reglamento se llama "REGLAMENTO SOBRE LAS CONDICIONES BÁSICAS PARA EL ACCESO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD A LAS TECNOLOGÍAS, PRODUCTOS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL."

O sea, que no hay "truquito" en la pregunta con lo de las condiciones básicas. La pregunta reproduce el nombre del Reglamento.

El art.5 del Reglamento dice: La información disponible en las páginas de internet de las administraciones públicas deberá ser accesible a las personas mayores y personas con discapacidad, con un nivel mínimo de accesibilidad que cumpla las prioridades 1 y 2 de la Norma UNE 139803:2004.

Así que, sabiendo que lo que pide el Reglamento son las prioridades 1 y 2, nos volvemos a la transitoria ver los plazos:

1. Las páginas nuevas deberán ajustarse a la prioridad 1 de la Norma UNE 139803:2004 desde la entrada en vigor del Real Decreto.
2. Las páginas existentes deberán adaptarse a la prioridad 1 de la Norma UNE 139803:2004 en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor.
3. Todas las páginas, actualmente existentes o de nueva creación, deberán cumplir la prioridad 2 de la Norma UNE 139803:2004 a partir del 31 de diciembre de 2008...


Y de todo esto se deduce que la respuesta correcta es la d), porque:

- la de los seis meses claramente no vale porque se refiere sólo a la prioridad 1 (y valiéndonos del conocido aforismo jurídico: "donde la ley no distingue no cabe distinguir", y en este caso "la ley" es la pregunta del examen, y ahí no se menciona la prioridad 1, sino que se remite al art.5 del Reglamento, que para nada menciona la prioridad 1, si no es junto con la 2 (... un nivel mínimo de accesibilidad que cumpla las prioridades 1 y 2 de la Norma UNE 139803:2004)

- la de "antes del 31-12-2008" sí vale. Porque sí satisface lo que dice el art.5 (prioridades 1 y 2) y porque (volvemos a la pregunta) en la pregunta pone "cuando deben adaptarse a la norma", y si queremos "cumplir la norma" a partir de 31-12-08 (que es lo que dice la transitoria), está claro que deberemos habernos "adaptado" a ella antes de dicha fecha, porque si no será imposible que la cumplamos a partir de entonces.

Cerrado

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