Examen
Publicado: 20 Jun 2008, 18:02
http://www.aeval.es/comun/pdf/evaluacio ... rammes.pdf
Página 24 y 25 hasta market intelligence.
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Grupo de preparación para las oposiciones TIC de la AGE.
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"Mardito jarnesin y mil veces mardito"Ley de contratos públicos
El aprovechamiento del poder tractor de innovación que posee la Administración
Pública como cliente de tecnologías está siendo objeto de debate en la Unión
Europea y Estados Unidos. De hecho, un número creciente de gobiernos está
mostrando interés por la cuestión y se están diseñando estrategias destinadas a
explotar al máximo este incentivo a la I+D+i. La contratación pública en España
supuso en el año 2004 casi un 3,5% del PIB19, lo que da muestra del gran poder de
compra de las distintas Administraciones. Precisamente, esta capacidad debería
permitir al sector público liderar la demanda de soluciones innovadoras en sus
contratos, incentivando así la I+D+i nacional de manera indirecta. Si los principales
clientes de un mercado demandan soluciones innovadoras, la oferta se adaptará a
sus necesidades en la medida de lo posible.
El actual borrador de la ley de contratos del sector público incluye novedades
destinadas a tipificar claramente las figuras de contratación pública, entre las que
ahora se introducen los contratos de colaboración público-privada y los diálogos
competitivos. Estos elementos, junto a otros aspectos como la admisibilidad de
variantes y mejoras sobre los pliegos y la consideración de cláusulas específicas de
gestión de riesgos en los contratos entre el sector público y el privado, representan
avances respecto al actual marco legal. Sin embargo sería necesario ir más allá si se
pretende acometer una estrategia de contratación pública de innovación en España
que esté en línea con la que están desarrollando nuestros socios de la UE más
avanzados.
Si bien el borrador de la ley hace mención de la innovación tecnológica dentro del
artículo 11 que introduce la figura del “contrato de colaboración entre el sector
público y el sector privado”, no se establecen medidas específicas y detalladas para
la “contratación pública de la innovación” o de “compras públicas de tecnología”,
conceptos que no disponen de presencia propia en el texto actual. En materia de
gestión de los derechos de propiedad intelectual e industrial, por ejemplo, se podrían
prever mecanismos que permitiesen su cesión a la empresa adjudicataria,
aumentando el incentivo para el sector privado y permitiendo rebajar el coste para la
Administración (al compartir el riesgo). Asimismo, la Administración debería
establecer un canal de comunicación con empresas, investigadores y universidades,
que permitiese a estos agentes remitirle propuestas de soluciones nuevas que
pudiesen ser de su interés. Otra herramienta útil sería la creación de nuevos
modelos de contrato que incluyesen condiciones suspensivas o resolutorias con el fin
de reducir el riesgo de la Administración en el caso de proyectos innovadores o
tecnológicamente avanzados.
Finalmente, sería necesario acompañar la puesta en marcha de la nueva ley con
planes de formación del personal de las distintas Administraciones Públicas sobre los
nuevos procedimientos de contratación así como crear índices para medir la
innovación en la contratación pública y desarrollar mecanismos de vigilancia y
prospectiva tecnológica en la Administración, de cara a la contratación pública
(inteligencia de mercado).
Eso es. 30 min.Chick Corea escribió:¿Cuánto tiempo han dado para el texto? ¿30 min?
Sí, el járnesin para empezar. Pero anda que "conditions precedent or subsequent" (¿no debería estar invertido el orden de los adjetivos con respecto a las conditions?) resulten ser "condiciones suspensivas o resolutorias" ....elaveriao escribió:Traducción "oficial"
http://www.aeval.es/comun/pdf/evaluaciones/E04-2007.pdf
página 24 y ss
"Mardito jarnesin y mil veces mardito"(...) Otra herramienta útil sería la creación de nuevos
modelos de contrato que incluyesen condiciones suspensivas o resolutorias con el fin
de reducir el riesgo de la Administración en el caso de proyectos innovadores o
tecnológicamente avanzados.
Po zí, el orden está bien. Dice el legal-dictionary.thefreedictionary.com/condition:ReBelaBk escribió:Pero anda que "conditions precedent or subsequent" (¿no debería estar invertido el orden de los adjetivos con respecto a las conditions?) resulten ser "condiciones suspensivas o resolutorias" ....
Si te sirve de consuelo (que no creo) yo estuve tentado, pero al final a veces lo dejé en blanco, una vez lo he traducido como contrato y otra como administración...los nervios, aquí también hay que tener un día un poco inspiradojdez escribió:Joer, y yo que he traducido procurement como procuración...