Tema 9. Teoría de Zanobini de la responsabilidad patrimonial

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eszer
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Tema 9. Teoría de Zanobini de la responsabilidad patrimonial

Mensaje por eszer »

En el tema 9 del CEF, hay una frase que dice:
Teoría de la responsabilidad objetiva.
Se mantiene por autores como Zanobini, que propugna la responsabilidad de la Administración como consecuencia de la ilegalidad de cualquier acto dañoso. Se trata de conseguir la indemnidad absoluta del administrado.
¿Significa esto que para Zanobini la responsabilidad patrimonial sólo cubre los casos en los que hay un acto ilegal de por medio?

¿O significa que cualquier acto dañoso se considera ilegal?

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Korea
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Re: Tema 9. Teoría de Zanobini de la responsabilidad patrimonial

Mensaje por Korea »

Yo pienso que lo que quiere decir Zanobini es que CUALQUIER acto dañoso para el individuo por parte de la Administración es ilegal. De ahí la justificación de que la propia Administración deba responder por sus actos que lesiones los derechos y bienes de los individuos. Para el caso español, esto se materializa en el artículo 1902 del Código Civil.

eszer
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Re: Tema 9. Teoría de Zanobini de la responsabilidad patrimonial

Mensaje por eszer »

Gracias Korea. :D

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chapacan
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Re: Tema 9. Teoría de Zanobini de la responsabilidad patrimonial

Mensaje por chapacan »

Yo no sé casi nada de derecho, pero tal y como está escrita la frase a mi me parecía que dice algo así como que la administración se hace responsable de los actos dañosos que sean dañosos para el individuo y además ilegales (sin relación directa entre que sea dañoso y que sea ilegal).

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