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Trabajo

Cuerpo, Grupo y Nivel

La Administración General del Estado organiza a su personal funcionario en Cuerpos (perfiles profesionales) , que pueden ser de carácter general (ya que ejercen funciones horizontales que pueden ser desarrolladas en distintos departamentos) o especial (por ejercer funciones especializadas dentro de la organización).

Los cuerpos se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en diferentes grupos:

  • Grupo A: dividido en dos subgrupos A1 y A2. Se requiere un título universitario de Grado. La clasificación de los diferentes cuerpos en cada subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.
  • Grupo C: dividido en dos subgrupos C1 y C2. Para el C1 se requiere un título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Los niveles de los puestos de trabajo que corresponden a cada Cuerpo, de acuerdo con el Grupo en el que figuren clasificados, son los siguientes:

  • A1: niveles del 26 al 30
  • A2: niveles del 16 al 26
  • C1: niveles del 11 al 22

El Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado se creó con carácter de cuerpo general interministerial en 1990, adscribiéndose al Ministerio de Administraciones Públicas.

Este Cuerpo está clasificado en el subgrupo A1, por lo que la titulación requerida para acceder a esta oposición es la de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredito su homologación.

Por norma general, los opositores que aprueben esta oposición, se incorporarán en un puesto de Nivel 26. Un nivel 28 se puede conseguir entre 2 y 5 años (de media, ya que hay gente que en 1 año llega a un 28, y gente de la primera promoción, año 1992, que todavía tiene un 26). Para llegar a un nivel 29 (Subdirector adjunto) o 30 (Subdirector), influyen muchos aspectos. Eso sí, muy pocos llegan a ser Subdirector (de la misma forma que muy pocos llegan a ser directores de una empresa de Informática).

Sueldo

El sueldo del personal funcionario lo componen varios conceptos. Las retribuciones del personal funcionario, según la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, los conceptos tienen los siguientes importes:

  • Sueldo base: en función del grupo al que se pertenezca. Para un grupo A1 asciende a 17.049,72 euros/año.
  • Complemento de destino: en función del nivel. Para un nivel 26, que es el nivel de entrada para el cuerpo TIC, asciende a 11.355,12 euros/año.
  • Complemento específico: en función del puesto de trabajo. El complemento específico de entrada más habitual el pasado año para los niveles 26 en la OEP 2019 fue de 12.348,14 euros/año (dato sin actualizar por subidas posteriores), si bien los puede haber algo inferiores o superiores según organismo.
  • Productividad: suele estar asociada a la realización de horario de tarde. Es asignada de manera discrecional por el responsable de cada unidad. Dependiendo del organismo, a los nuevos funcionarios puede ofrecerse de entrada o no. Para un nivel 26 puede calcularse en torno a los 4.000-6.000 euros/año. En ciertos organismos existen otros tipos de productividades con casuísticas muy variadas. Algunas se cobran mensualmente y otras en base trimestral, semestral o incluso anual.
  • Trienios: el sueldo de un funcionario se ve incrementado cada tres años en una pequeña cantidad, que en el caso de un A1 asciende a 656,30 euros/año.

Las deducciones del sueldo de funcionario lo componen los siguientes conceptos:

  • I.R.P.F.: calculado en función de las retribuciones previstas para el total del año, al igual que en los trabajadores del sector privado.
  • Derechos pasivos: es una cantidad fija, correspondiente a la pensión por jubilación. Para un grupo A1 la deducción es de 1.652,56 euros/año (*).
  • Asistencia sanitaria: es una cantidad fija, correspondiente a la cuota de MUFACE. Para un subgrupo A1 la deducción, según la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, es de 51,68 euros/mes (723,52 euros/año).
  • Otras: hay deducciones opcionales adicionales, como cuotas sindicales y/o las correspondientes a Departamentos Ministeriales concretos (Hacienda, Economía, Agencia Tributaria, etc.) con prestaciones complementarias a las de MUFACE.

(*) Los funcionarios de nuevo ingreso (posterior al 1 de enero de 2011)  y los funcionarios de la Seguridad Social, están incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, por lo que en lugar de las deducciones aquí expuestas, se les aplican las  fijadas por las correspondientes Bases de cotización por contingencias comunes. 

Una vez se toma posesión del destino definitivo, el sueldo bruto anual estará en torno a los 42.000 euros, incluyendo productividad y dependiendo del organismo, con un nivel 26 de entrada (hay puestos dotados con hasta 6.000 euros más, pero no suelen ser ofertados de entrada). Un nivel 28 (Jefe de Área o Consejero Técnico) puede tener un sueldo entre los 45.000 euros y 55.000 euros, bastante variable según el puesto. Un nivel 29 (Subdirector Adjunto) o 30 (Subdirector General) puede tener un sueldo entre 65.000 y 75.000 euros, de igual modo variable según el puesto.

IMPORTANTE: durante el periodo de funcionario en prácticas (desde el inicio del curso selectivo hasta que se toma posesión como funcionario, aproximadamente 7-8 meses) sólo se percibe la remuneración correspondiente al sueldo base, aplicándose todas las deducciones, lo que deja el sueldo en torno a unos 1.130 euros/mes netos.

Tipo de Trabajo

El Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado es un Cuerpo de carácter general interministerial adscrito al Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Por tanto, este Cuerpo no tiene puestos de trabajo “asociados” sino que los funcionarios que pertenecen al mismo pueden desarrollar su actividad en los órganos centrales y territoriales de los Ministerios, Organismos Públicos de la Administración General del Estado y de la Seguridad Social, desempeñando las tareas propias de los puestos de trabajo adscritos al Subgrupo A1, si bien sus funciones se desarrollan habitualmente en el entorno de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones.

La carrera administrativa suele comenzar en puestos técnicos operativos y continuar en la dirección de proyectos, pudiendo llegar en algunos casos a los puestos de dirección de las unidades de informática.

Al igual que en el sector privado, hay muchos tipos de trabajo diferentes, en función del organismo donde se esté destinado. En un sitio pequeño, se suele hacer de todo. Mientras que en un sitio grande, cada uno se especializa en una labor. Hay que señalar que dentro de la Administración del Estado pueden encontrarse prácticamente todas las tecnologías existentes en el mercado, por lo que no es difícil encontrar acomodo en ella.

Contrariamente a las leyendas, en la Administración se trabaja, y en este tipo de puestos más. Uno de los principales motivos es la constante falta de personal en los cuerpos de informática.

Horario

El horario depende del organismo en cuestión, aunque lo habitual es que sea de 37,5 horas semanales. La presencia en el puesto de trabajo es obligatoria desde las 9h a las 14:30h, normalmente el resto de horas pueden repartirse voluntariamente hasta completar el cupo semanal.

Cuando se tiene un complemento de productividad ligado a hacer tardes, el horario se amplia generalmente hasta las 40 horas semanales, lo que supone hacer dos o tres tardes por semana.

Concursar

El sistema normal de provisión de puestos de trabajo es el concurso. En las convocatorias puede encontrarse la denominación, nivel, descripción y localización de los puestos de trabajo ofrecidos, los requisitos indispensables para su desempeño, los méritos a valorar y el baremo con arreglo al cual se puntuarán los mismos, así como la previsión, en su caso, de memorias o entrevistas y la composición de las comisiones de valoración.

Debe permanecerse en el puesto de trabajo de destino un mínimo de 2 años para poder participar en concursos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de aquélla.

Excedencia

La excedencia voluntaria no puede pedirse hasta pasados 5 años (con esta excedencia no se pierde la condición de funcionario). Una vez que se está en excedencia voluntaria, hay que permanecer al menos 2 años fuera de la Administración.

Existen otra serie de excedencias y permisos por maternidad, adopción, etc. Para mas información al respecto recurrir a la normativa sobre función pública.


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